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Magallánica : revista de historia moderna - Año de inicio: 2014 - Periodicidad: 2 por año
http://fh.mdp.edu.ar/revistas/index.php/magallanica - ISSN 2422-779X (en línea)

Resumen de Tesis Doctoral: (2022), Un delito que ofende a Dios: Discursos, prácticas y representaciones del pecado nefando de sodomía en Castilla a finales del Antiguo Régimen (1700-1848), Murcia: Universidad de Murcia.

 

 

 

Juan Pedro Navarro Martínez

Universidad de Murcia, España

 

 

 

 

Recibido:        6/05/2022

Aceptado:       2/06/2022

 

 

 

 

Palabras clave: sodomía; justicias ordinarias; España; Ilustración; Antiguo Régimen sexual.

 

Key words: sodomy; ordinary justices; Spain; Enlightenment; Old sexual regime.

 

 

 

Juan Pedro Navarro Martínez. Graduado en Historia y Máster de Estudios Avanzados en Historia Moderna (Universidad Autónoma de Madrid), recientemente ha alcanzado el grado de Doctor en Historia Social por la Universidad de Murcia. Asimismo, ha sido profesor en la Universidad de Murcia gracias a un contrato “FPU” del Ministerio de Educación y Ciencia del Gobierno de España. También ha trabajado como teaching assistant en la Universidad de y ha sido investigador visitante en el CONICET/ Universidad de Buenos Aires.

Correo electrónico: juanpedro.navarro@um.es

ID ORCID: 0000-0003-0615-7175.

 

 

 

 

 

El proyecto Un delito que ofende a Dios surge de la necesaria reivindicación de la sexualidad como categoría de análisis en el seno de la Historia Social y de la Familia. Bajo el interés absoluto de comprender el proceso de profundo cambio social que se observa durante el siglo XVIII e inicios del siglo XIX, el objetivo primigenio de este estudio es, de hecho, la comprensión del fenómeno del pecado nefando de sodomía en Castilla. Sirviéndonos del arco cronológico 1700-1848, proponemos a su vez un espacio jurisdiccional, el castellano, que, a pesar de la importancia capital que adquiere para la conformación política de la Monarquía Española en la Edad Moderna, posee ciertas particularidades sociales, jurídicas y judiciales que merecen ser estudiadas de forma pormenorizada. Este objeto de trabajo se encuentra inserto dentro de un proceso de cambio social aún mayor, el denominado “ocaso” del Antiguo Régimen Sexual, que de forma paralela al cambio de paradigma político, social e intelectual precedente al cambio de era, condicionó incuestionablemente la asimilación social de las prácticas sexuales nefandas a diversa escala (VÁZQUEZ, CLEMINSON, 2018: 75). Desde una perspectiva de análisis que parte de los postulados de la Historia Social, el Género y la Historia Cultural, se pretende comprender las formas de ruptura y continuidades implícitas a esta coyuntura histórica, en relación directa a las concepciones del pecado nefando, su proceso punitivo y las visiones sociales y subjetividades propuestas por este.

Ya el título de la tesis apunta al propio carácter relacional del proyecto. A pesar del proceso de cambio social que se comienza a observar en los comportamientos individuales y colectivos de la sociedad castellana del siglo XVIII, la concepción del pecado nefando derivado de la pervivencia del corpus legal medieval seguía vivo en el arbitrio de los magistrados tardomodernos. El pasaje procedente de la Ley II de la VII Partida de Alfonso X el Sabio que señala “que entre los otros pecados y delitos que ofenden a Dios e infaman la tierra, es especialmente el crimen cometido contra el orden natural”. Esta frase es ampliamente repetida por los fiscales y alcaldes durante todo el siglo XVIII, lo que da cuenta de las amplitudes que adquiere la vigencia conceptual del binomio pecado-delito[1]. A razón del propio objeto de análisis, son tres los procesos históricos -surgimiento de la “opinión pública”, desteologización de la justicia y crisis de la masculinidad- que, relacionados con los artefactos intelectuales “Discursos”, “Prácticas” y “Representaciones”, cohabitan con el continuismo presente en la legislación nefanda, y dan señales de ese cambio social a pequeña escala que condicionará la desaparición del “Antiguo Régimen Sexual”. Estos elementos son, precisamente los que delimitan y organizan la estructura del proyecto, y permiten al lector o lectora, concentrar su atención en las comprensiones particulares del pecado nefando en el siglo XVIII.

Discursos condensa, efectivamente, el corpus teológico y legal que comprende a las prácticas contra natura, pero también la producción intelectual de moralistas, juristas y filósofos que, desde la Edad Media hasta el siglo XIX, llevan a cabo una labor exégeta que se verá condicionada por el nacimiento de la noción de opinión pública. Se abordan aquí, precisamente, los fundamentos teóricos emanados de las Sagradas Escrituras que condicionaron el fenómeno persecutorio. Del mismo modo, el problema moral planteado por los actos nefandos se verá transcrito en los corpus legales medievales, consolidando el programa de disciplina social y convirtiendo la sodomía en el binomio pecado-delito (Tomás y Valiente, 1990: 40). En esta misma línea, el estudio de los discursos morales, filosóficos y opinio doctorum de la Ilustración española permite incidencia de estos relatos elaborados por la intelligentsia hispánica para observar el cambio de paradigma en torno a la concepción de la sexualidad, en general y a los comportamientos catalogados como “contra natura”, en particular. De forma paralela se observa la incidencia cada vez mayor del utilitarismo filosófico y del humanismo penológico que culminará con la despenalización –por omisión– del delito de sodomía en los primeros códigos penales europeos. En nuestros planteamientos hay un claro interés por demostrar que, efectivamente, el discurso era un marco generativo procurador de nuevas realidades históricas.

Prácticas, ofrece un marco aplicativo a estos discursos. En efecto, si partimos de la idea de que estos discursos sociales y legales eran procuradores del cambio, lento pero inexorable, de las estructuras judiciales de los estado-nación modernos y las concepciones sociales elaboradas en torno al fenómeno nefando, se deben atender las prácticas concernientes a estos espacios. Las particularidades propias de los pecados nefandos, entendidos como delitos atroces, obligaban la elevación de las causas de los tribunales inferiores y medios a los superiores, ya que los primeros podían incoar el proceso, pero no practicar la sentencia. Sirviéndose del relato institucional, el texto plantea una reconstrucción completa del proceso judicial por delito de sodomía. En este sentido, resultó fundamental describir con precisión el programa de disciplina social elaborado por la monarquía en aras de controlar y “domesticar” a la comunidad, comprendiéndose la vigilancia y persecución moral como una labor colectiva (Foucault, 2012). Se constata pues, el proceso de desteologización de la justicia y la intervención de los arbitrios judiciales, que cada vez resultará más frecuente en los procesos por delitos nefandos durante el siglo XVIII.

Representaciones pretende indagar en las subjetividades propias del fenómeno (BURKE, 2014: 35). La profunda “crisis de la masculinidad”, como consecuencia evidente de este cambio social en las dinámicas de género, constata al fin las profundas fracturas de un modelo de representación social, el del hombre moderno, como inalcanzable. A este tenor, se pretende aquí comprender la representación del sodomita frente a los códigos sociales, las estructuras y las instituciones normativas. La familia, como núcleo esencial de las relaciones humanas en la tardomodernidad, será uno de los espacios sociales donde se materializa con más fuerza la presencia del fenómeno y desde donde se confrontarán las concepciones relacionales, educativas y de género propias de esta institución. También se plantea la definición del sodomita como “especie” o arquetipo cultural, no solo desde la literatura y el arte, también desde su representación en el imaginario colectivo (MOLINA, 2010). Ello nos conduce al análisis de las subjetividades subculturales de la sodomía, apoyándonos en la conceptualización del hábitus de comportamiento, recopilando los códigos lingüísticos, los marcadores sociales, así como la elaboración de espacios y redes de homosociabilidad para, finalmente, concentrar nuestra atención en la cultura de los afectos (Tortorici, 2007; Mantecón, 2008).

Un delito que ofende a Dios es, por tanto, el resultado definitivo de un fascinante tránsito que, durante más de cuatro años, nos ha conducido por archivos españoles (Reales Chancillerías de Granada y Valladolid, AHN, AGS) y argentinos (AGN, AHPBA) para transcribir y cotejar las historias de vida de más de 103 individuos anónimos, procesados por las justicias ordinarias hispánicas por delitos nefandos. Aún quedan muchas cuestiones por resolver. Mientras los historiadores pretendemos resolverlos, esperamos que estudios como este, que permiten a las sociedades “comprenderse mejor”, sigan prosperando.

 

 

 

 

Bibliografía

 

BURKE, P., (2014). Cultura popular en la Europa Moderna, Madrid: Alianza Editorial.

FOUCAULT, M., (2012). Vigilar y Castigar. Nacimiento de la Prisión, Madrid: Siglo XXI.

MANTECÓN MOVELLÁN, T. A., (2008). “Las culturas sodomitas en la Sevilla de Cervantes”. En VV. AA, Homenaje a Antonio Domínguez Ortiz (v. 2, pp.447-468). Granada: Universidad de Granada: Junta de Andalucía, Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

MOLINA, F., (2010). “Los Sodomitas Virreinales, entre Sujetos Jurídicos y Especie”. Anuario de estudios americanos, v. 67, N° 1, pp. 23-52.

TOMÁS Y VALIENTE, F., (Ed.) (1990). Sexo barroco y otras transgresiones premodernas. Madrid: Alianza Editorial.

TORTORICI, Z. J., (2007). “Heran Todos Putos’: Sodomitical Subcultures and Disordered Desire in Early Colonial Mexico”. Ethnohistory, v. 54, N°1, pp.36-67.

VÁZQUEZ GARCÍA, F.; CLEMINSON, R., (2018). Sexo, identidad y hermafroditas en el mundo ibérico, 1500-1800. Madrid: Cátedra.



[1] Archivo General de la Nación (AGN). Justicia Criminal, Sala IX, Leg. 32-01-04, Doc. 9, f. 27rº

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