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Pasado Abierto - Año de inicio: 2015 - Periodicidad: 2 por año
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Pasado Abierto. Revista del CEHis. Nº17. Mar del Plata. Enero-junio 2023.

ISSN Nº2451-6961. http://fh.mdp.edu.ar/revistas/index.php/pasadoabierto

Actos, afectos y efectos de la reparación de las violencias de género. Reflexiones situadas en la Universidad Nacional de Rosario, Argentina (2017-2022)

Rocío Moltoni

Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Centro de Investigaciones Feministas y Estudios de Género

Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales

Universidad Nacional de Rosario, Argentina

rociomoltonisolis@gmail.com

Recibido:        03/03/2023

Aceptado:        13/05/2023

Resumen

En el presente artículo se analizan los abordajes de las violencias de género en la Universidad Nacional de Rosario (UNR), Argentina, en el periodo 2017-2022. Estas reflexiones exceden la evaluación de los protocolos y lineamientos institucionales destinados a tal efecto, y se realizan desde las concepciones de estudiantes, docentes, no docentes, graduades y personal de investigación de la UNR.

El objetivo central es abordar la reparación de las violencias de género, su conceptualización y encuadre en la espacialidad universitaria, a través de metodologías de investigación feministas y narrativo-biográficas, especialmente mediante la técnica de entrevistas en profundidad. Como principales hallazgos señalamos que, si bien permanecen sentimientos de impunidad respecto a los abordajes realizados en la institución estudiada, es posible reconocer diferentes actos reparatorios que se vinculan con una dimensión pedagógica, punitiva, simbólica, económica, espacial, colectiva y artística que conviven de manera entrelazada en el corpus analizado.

Palabras clave: reparación, violencias de género, feminismos, universidades.

Acts, affects and effects of the reparation of gender-based violence. Situated reflections at the National University of Rosario, Argentina (2017-2022)

Abstract

This article analyses the approaches to gender-based violence at the National University of Rosario (UNR), Argentina, in the period 2017-2022. These reflections go beyond the evaluation of institutional protocols and guidelines for this purpose, and are made from the conceptions of students, teachers, non-teaching staff, graduates and research staff of the UNR.

The main objective is to address the reparation of gender violence, its conceptualization and framing in the university space, through feminist and narrative-biographical research methodologies, especially through the technique of in-depth interviews. As main findings we point out that although feelings of impunity remain regarding the approaches carried out in the institution studied, it is possible to recognize different reparatory acts of violence that are linked to a pedagogical, punitive, symbolic, economic, spatial, collective and artistic dimension that coexist in an intertwined way in the corpus analysed.

Keywords: reparation, gender violence, feminisms, universities.

Actos, afectos y efectos de la reparación de las violencias de género. Reflexiones situadas en la Universidad Nacional de Rosario, Argentina (2017-2022)[1]

Introducción

En Argentina, desde el 2014, las violencias por motivos de género comenzaron a abordarse a través de normativas institucionales, comúnmente denominadas “protocolos” de actuación (Rovetto y Figueroa, 2017) que se multiplicaron por las universidades públicas de todo el país (Moltoni, Bagnato y Blanco, 2020). Generalmente, estos protocolos están a cargo de referentes o personas responsables del abordaje de las agresiones manifestadas y de diferentes políticas que trascienden la atención de las violencias y se sitúan en distintas dimensiones de esta cuestión social: prevención, promoción, erradicación. Esto se enmarca en un proceso de largo aliento que Rafael Blanco (2019) denomina “la irrupción del género como cuestión estructurante de la vida universitaria” (p. 115) y define de la siguiente manera:

“Con esta expresión interesa marcar el modo en que el espacio universitario viene siendo conmovido por los debates en la vida social acerca de los géneros y las sexualidades de los últimos años, en torno a la legitimidad de las formas de identificación y expresión, a luchas por la autonomía en las formas de apropiación y decisión sobre el cuerpo, a las transformaciones del entramado jurídico, y a la visibilización de las violencias sexistas” (Blanco, 2019: 115-116).

Este proceso dio lugar a que se visibilizaran notoriamente las demandas del movimiento feminista, se inauguraran en muchos casos áreas de gestión de distinta jerarquización de género y sexualidades que no abordan sólo las violencias, sino también la sexualidad, la transversalidad de la perspectiva de género en los planes de estudio, las modificaciones en los espacios cotidianos como los baños no binarios y la creación de lactarios, entre muchas otras acciones.

En este contexto general de politización y masificación de los feminismos, tanto en las universidades como en otros espacios de sociabilidad, calaron debates que cuestionan y profundizan el tratamiento de las violencias de género desde posturas antipunitivistas. Esto ha sido abordado por los estudios de la denominada criminología feminista (Davis, 2003; Arduino, 2018), postulando que, en nuestras sociedades actuales, los abordajes de estas violencias han tenido una lógica donde prima el castigo como única respuesta y la judicialización (penal) de los casos. Según estas autoras, en estos procesos de índole penal, las personas que atraviesan las violencias tienen poca “voz y voto” en las decisiones, acciones y estrategias que se toman a partir de denunciar agresiones sobre ellas mismas. Estas críticas han llevado a muchas universidades a empezar a incorporar el término de reparación de las violencias de género, pero de una forma sumamente polisémica y confusa. Es por esa razón que para intentar esclarecer las inflexiones de este concepto específicamente en el espacio universitario retomamos análisis realizados en la postdictadura de nuestro país. Estos argumentos, nos permiten comprender de manera situada lo que acontece en las instituciones de educación superior sin perder de vista las diferencias históricas y contextuales.

La reparación de las violencias de género no solo ha sido poco explorada en las investigaciones existentes sobre la temática y particularmente en la gestión de políticas universitarias, sino que frecuentemente se la homologa a la justicia restaurativa y se la reduce a su arista económica y jurídica. De este modo, se suele dejar de lado otras posibilidades de análisis sociales, afectivas, políticas y culturales que profundicen su comprensión y permitan observar que el proceso de reparación no es lo mismo que los actos reparatorios o sus efectos (Guilis et al., 2004). Es por eso que este trabajo se propone indagar en cómo se entiende la reparación de las violencias de género en el espacio universitario, particularmente en la Universidad Nacional de Rosario (UNR) en el periodo 2017-2022. Resulta importante aclarar que los abordajes estudiados trascienden lo que acontece en los espacios institucionales de atención de las violencias de género asociadas a los protocolos y se orientan también por las prácticas (auto)organizadas de estudiantes, docentes, graduades, personal de investigación y no docentes feministas de distintas facultades de la UNR.

El artículo está organizado en cinco secciones. La primera de ellas es la presente introducción y consta de la contextualización del tema y el objetivo que guio la investigación en la que se basa este artículo. La segunda realiza algunas precisiones y advertencias metodológicas a tener en cuenta para comprender integralmente este trabajo. La tercera se basa en caracterizar el concepto de reparación de las violencias de género en el espacio universitario de manera situada considerando los análisis realizados en los albores de la democracia desde 1983 en nuestro país y el afecto de la impunidad. En la cuarta se explicitan distintos actos reparatorios a través de la construcción de siete dimensiones de análisis: pedagógica, punitiva, simbólica, económica, colectiva, artística y espacial. Si bien estas se encuentran entrelazadas mutuamente y requieren un largo desarrollo, por la extensión de este artículo nos abocamos a definir brevemente cada una de ellas con especial énfasis en la punitiva, colectiva y artística. La última sección corresponde a las conclusiones del trabajo que resumen todo lo abordado y exponen algunos desafíos finales para seguir interrogándonos.

Advertencias metodológicas

Este artículo presenta los resultados preliminares de una investigación en curso de enfoque cualitativo (Tarrés, 2001), biográfico-narrativo (Rivas Flores, 2014) y feminista (Haraway, 1995) centrada en la observación y análisis del caso de la UNR. La selección de este objeto se asienta en la importancia que la UNR ha adquirido a nivel nacional debido a su tradición en intervenciones feministas. Este proceso se inicia en sus facultades, a través de grupos de investigación y formación que luego se vinculan con espacios de gestión institucional y organizaciones políticas comunitarias. Así es que tres de sus doce facultades fueron pioneras en la aprobación de protocolos de actuación en casos de violencia de género en el año 2014 y formaron parte, incentivaron y potenciaron articulaciones entre espacios de atención de universidades públicas de todo el país. Además, desde agosto de 2019, a partir de una nueva gestión en el rectorado, se modificó su organigrama y se crearon diez áreas de trabajo entre las cuales se encuentra el Área de Género y Sexualidades, constituyéndose en una de las primeras experiencias de este tipo en el país.

El abordaje de este objeto de estudio se realizó recolectando datos mayormente a través de la realización de entrevistas en profundidad. Se realizaron un total de 32 (a 36 personas)[2] semiestructuradas, abiertas y no directivas (Guber, 2011) a estudiantes, docentes, no docentes, personal de investigación y graduades que atravesaron situaciones de violencia de género en las Facultades y el Rectorado de la UNR durante el período 2017-2022 y/o acompañaron a personas en este tipo de situaciones. Todas ellas han aceptado compartir sus relatos de manera confidencial (con nombres ficticios) a través del procedimiento del consentimiento informado.

El enfoque biográfico-narrativo, así como el feminista, nos permitió indagar en la experiencia de lxs interlocutorxs ahondando en sus historias de vida o biografías y los atravesamientos particulares de su vinculación con la universidad teniendo en cuenta su identidad o expresión de género y su orientación sexual. Estas experiencias vitales, desde la perspectiva de quienes las narran son, para los dos enfoques mencionados, la principal fuente de conocimiento científico. Reconociendo en esta posición situada (Haraway, 1995) la parcialidad de su lugar de enunciación y/o denuncia de las personas entrevistadas.

Se advierte además la posición dual de quien escribe en tanto “referente”[3] de un Protocolo de actuación en casos de violencia de género (el de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales, UNR)[4] y activista feminista e investigadora. Esto ha tenido algunas limitaciones y potencialidades en el proceso de investigación. Por un lado, ha sido dificultoso intentar separar “la escucha” de las personas que realizan consultas en el espacio de atención, de “la escucha” de las entrevistas de la investigación. Aunque este ha sido un ejercicio necesario para poder analizar críticamente el trabajo de campo. Por otro lado, ha posibilitado conocer muy bien el terreno de análisis, les informantes clave y el acceso a información relevante y a contactos para concertar entrevistas. También ha permitido “afinar la escucha” y centrarla en la pregunta de investigación que indaga cómo se comprende la reparación de las violencias de género en la UNR.

El sentimiento persistente de la impunidad: notas para esclarecer el concepto de reparación

Definir la reparación de las violencias de género resulta cuanto menos problemático. Para hacerlo de manera situada es necesario abordar su estudio teniendo en consideración nuestra coyuntura nacional “bajo una modulación específicamente postdictatorial de la violencia” (Romé, 2021: 5). Un gesto que ha realizado recientemente también la investigadora Catalina Trebisacce (2020) al configurar un “nacimiento situado para la violencia de género” en nuestro país que inicia con la militancia feminista de los ’80. La autora señala oportunamente que al calor del inicio de la democracia en 1983 se revisaron cuestiones éticas y políticas respecto al robustecimiento del Estado, la policía y la judicialización de la resolución de los conflictos interpersonales que hoy en día no aparecen con la misma claridad. En el espacio específico de la universidad, existe actualmente un discurso en pos de reparar las lesiones que se producen en la institución pero que no tiene un correlato en teorías e investigaciones concretas. Es por estas razones que retomamos el gesto de estas dos autoras para analizar el término reparación de las violencias de género en el ámbito de la educación superior considerando las producciones nacionales desarrolladas en la postdictadura.

Una investigadora que ha abordado la reparación a personas catalogadas como víctimas del terrorismo de Estado en Argentina es Ana Guglielmucci (2015), quien explica que tanto la dimensión de lo reparable como la del daño ha variado considerablemente. Si la autora analiza treinta años de gobiernos constitucionales (1983-2014), aquí podemos afirmar que luego de cuarenta años de democracia ininterrumpida dentro de los cuales los últimos siete han estado atravesados por el acontecimiento político del “Ni una menos”, los significados asignados al término se han modificado notoriamente. Estos cambios obedecen, en primer lugar, a la gran diferencia existente entre el contexto histórico que tuvo como escenario las graves violaciones a los Derechos Humanos en Argentina (incluyendo la violencia sexual) y el análisis que es posible realizar del sexismo cotidiano y las violencias de género ocasionadas en las universidades. Para el caso de nuestra región, Mingo y Moreno (2017) definen al sexismo a partir de sus investigaciones en la Universidad Autónoma de México (UNAM) como distintas conductas verbales y actos corporales que apuntan a reforzar la legitimidad de la supremacía masculina[5] en una amplia gama de manifestaciones que van desde chistes discriminatorios y otros micromachismos (Bonino, 2017) a agresiones físicas, abusos y violencia sexual. Esto resulta sumamente importante para este trabajo dado que las distintas formas de comprensión de las violencias y sus contextos de producción implican también diferentes maneras de comprender su reparación.

En segundo lugar, tampoco es homologable el análisis a nivel macro que es posible realizar de las violencias extremas sistemáticas como fueron las del terrorismo de Estado en Argentina (y este último como responsable principal de realizar una reparación), al plano microsocial de las violencias y conflictos que se producen en las relaciones sociales cotidianas interpersonales (Schulman, 2023), por ejemplo, en el espacio universitario. La pregunta por quién debe llevar adelante una reparación se presenta más difusa, ¿es quién ha ejercido la violencia?, ¿es la universidad en tanto institución o como agente del Estado? Si bien por la extensión de este texto no podremos abordarlas en profundidad si nos interesa plantearlas como modo de mostrar la dificultad preponderante al tratar de esclarecer el concepto de reparación de las violencias de género.

En términos generales, según el diccionario de la Real Academia Española (RAE),[6] el concepto de reparación como sustantivo proviene del latín reparatio que significa restauración, restablecimiento o renovación, alude además a la “acción y efecto de reparar algo roto o estropeado” y al “desagravio, satisfacción completa de una ofensa, daño o injuria”. Ahora bien, en la búsqueda de la acción de reparar como verbo transitivo[7] a estas acepciones se suma la de “reparar una injusticia”. Inflexión que nos lleva al terreno del Derecho y la concepción de la reparación como obtención de justicia. En el discurso jurídico, se asocia frecuentemente la reparación a la denominada justicia restaurativa y a la justicia transformativa. En el ámbito universitario vinculado a los protocolos de actuación y espacios de atención, tanto en el caso mexicano (Betanzo de la Rosa y Nava Hernández, 2019) como en el argentino (Palumbo y López Sánchez, 2021) se retoma al criminólogo estadounidense Howard Zehr (2007) y a Ted Wachtel (2013), quienes entienden a la justicia restaurativa como oposición a la justicia retributiva. Esto quiere decir que, en vez de centrarse en identificar la norma o ley infringida, quién es víctima y quien es culpable y qué castigo se impone; la justicia restaurativa se enfoca en reparar el daño producido a la o las personas afectadas de manera interrelacionada y en vínculo con su comunidad, así como en identificar a quienes son responsables de esos actos.

Ahora bien, la concepción de Zehr (2007) y Wachtel (2013) de la justicia restaurativa nos sitúa en una lógica institucionalista y mecanicista para comprender el proceso de la reparación. Esta acepción obtura la posibilidad de despegarnos de la perspectiva del derecho penal occidental, de la “lengua del derecho” (Trebisacce, 2020), al asociar unidireccionalmente las violencias de género a delitos en lugar de comprenderlas como un problema social estructural y político.

En cambio, la noción de “justicia transformativa” es analizada más allá del plano jurídico por la especialista en trabajo social Mimi Kim (2022), quien señala que comúnmente “los términos justicia restaurativa y justicia transformadora han sido usados para describir respuestas a la violencia de género que desafían a las salidas punitivas y retributivas” (p. 48). La autora diferencia la justicia restaurativa de la justicia transformadora, en tanto entiende que la primera de ellas se liga estrechamente con mecanismos legales formales y no con experiencias de justicia transformativa de distintos movimientos sociales que se han dado por fuera de las instituciones. Agrega que “a diferencia del objetivo retributivo del sistema penal, aquí el foco está puesto en la reparación, rehabilitación y reintegración de la comunidad” (Kim, 2022: 49). Aunque Kim se base en experiencias comunitarias muy interesantes de contrahegemonía penal feministas, antirracistas y anticlasistas, en este trabajo queremos enfatizar en la necesidad de realizar una revisión más profunda de lo que significa la reparación de las violencias de género en el contexto histórico y universitario latinoamericano y argentino.

Por estas razones retomamos el análisis sobre la reparación de la postdictadura argentina que ha realizado el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) (Guilis, et. al. 2004) donde se diferencia la reparación, los actos reparatorios y sus efectos. La reparación puede ser comprendida como un proceso complejo, dado que restaurar un orden anterior y sanar por completo los daños producidos no es posible, en ese marco la violencia de género es irreparable. Sin embargo, existen actos, políticas o estrategias reparatorias que pueden ser llevadas a cabo por parte de quien ha violentado a otra persona, el Estado o la institución correspondiente (en este caso de análisis la universidad). Cabe señalar que esto no implica necesariamente que las personas afectadas las perciban como reparatorias, cuestión que corresponde a los efectos de la reparación.

En los espacios institucionales de atención universitarios se interpreta que al construir la respuesta a determinada situación de violencia de manera conjunta y situada (como proponen los conceptos que hemos repasado de justicia restaurativa y transformativa), la persona injuriada estaría participando tanto del acto como del efecto reparatorio. Sin embargo, tal y como se ha podido observar en el trabajo de campo de la investigación que informa este artículo, lo que persiste a pesar de la implementación de regulaciones y áreas específicas de atención de violencias de género es el sentimiento de impunidad. En su acepción corriente, esta refiere a la falta de castigo a quienes cometen delitos, pero si complejizamos el análisis social desde el corpus feminista del denominado “giro afectivo” (Solana y Vacarezza, 2020) podemos observar que este afecto que circula (Ahmed, 2015) en la comunidad universitaria posibilita comprender las diferentes marcas o huellas que dejan las violencias, así como las intervenciones que se han realizado en el afán de interrumpirlas, desde una perspectiva social, política y cultural (Cvetkovich [2003] 2018). Como dijo al respecto una estudiante que realizó una denuncia en el espacio de protocolo de una facultad de la UNR y hasta el momento no había obtenido un cierre institucional del proceso:

“Está buenísimo que esté el Protocolo y creo que es algo que va a cambiar las cosas (...) Creo que todos bajaron un cambio también en cosas que antes se aceptaban, esa impunidad que tenían cambió. Pero bueno, creo que nuestras denuncias, que ya están hechas, tienen que llegar a un resultado al menos, porque sino es como que está la estructura, pero para que nadie denuncie, porque todos saben que van a estar toda su carrera con esta denuncia en la espalda”.[8]

Aunque la estudiante señale que “esa impunidad” que tenían quienes habían ejercido violencias de género “cambió”, en este fragmento puede notarse no sólo que su denuncia no había llegado a ningún resultado (había permanecido impune), sino que los protocolos universitarios corren el riesgo de “que nadie denuncie”, perdiendo así la legitimidad y confianza construida hasta el momento en el espacio. Se suma además la carga constante y la frustración que significa para la o las personas que han atravesado una situación violenta en la universidad mantener una denuncia administrativa en pie.[9] Esta situación también puede observarse en el siguiente testimonio de otra facultad al evaluar una denuncia por agresión sexual de parte de un estudiante:

“Me hicieron hablar con un montón de personas, yo tuve que movilizarme. Lo tomé como una pérdida de tiempo la verdad. Es como que hice todo lo que me dijeron para nada, el chico sigue estudiando, sigue cursando, me dijeron por ejemplo también ‘bueno, cuando rindas un final vos avisa siempre así no rinden finales juntes, por las dudas de que te lo cruces’. Es como que todo lo tenía que hacer yo, todo este movimiento, y él libre, como si nada”.[10]

La sensación de impunidad aquí no apunta solo al espacio de atención institucional del protocolo y la universidad, sino también al estudiante que la había injuriado, al hecho de que él había quedado “libre” y seguía su vida universitaria “como si nada”. No existió evidentemente un castigo perteneciente a la llamada lógica punitivista, pero tampoco hubo una intervención “antipunitivista” eficaz. Lo que sigue sin modificarse entonces en este punto es la impunidad respecto a los hechos de violencia. Algo que aparece también como continuidad con una situación previa a la implementación de los protocolos, cuando un manto de invisibilidad de este tipo de conductas lesivas cubría el ámbito universitario. Una estudiante de una facultad distinta a las dos anteriores comentaba al respecto:

“Es necesario generar la confianza necesaria para que las personas puedan acercarse al espacio del protocolo efectivamente. Que haya un abordaje que dé contención y que haga algo, que modifique algo. Digo que modifique algo en cuanto al sentimiento de esa persona de soledad, esa sensación de que nada se puede hacer, de que nada va a cambiar, de que bueno: me banco el maltrato durante tres años total ya termino [la carrera] y hago la mía”.[11]

Una graduada de otra casa de estudios señalaba:

“Sí, sigue habiendo cuestiones como más de raíz, que siguen sucediendo. Para mí cambió un montón, pero todavía falta un montón por hacer. Que ya haya un lugar donde une puede denunciar esto, que haya una persona idónea que te atienda es un montón y esos docentes o esas personas ya no sientan esa impunidad”.[12]

La sensación de impunidad se agudiza si observamos también otros sentimientos que aparecen en el sentido de no dar respuestas o llevar adelante estrategias que intervengan e interrumpan las violencias de género propiciadas, como la soledad, el miedo a denunciar y hasta la amenaza latente como consecuencia de realizar una denuncia. Otra graduada expresaba:

“Me van a echar, siempre me dicen: ‘no vas a poder concursar [cargos docentes] amiga, porque ya a ese docente lo defenestras’. Pero me tiene cansada, tiene un montón de cargos de alto rango de poder, hace veinte años que está ahí y nadie lo va a sacar (...) Este tipo nos arruinó la vida a un montón de personas, en los exámenes era absolutamente violento, pero violento con las feminidades específicamente”.[13]

El miedo sigue circulando por las universidades como efecto disciplinador, existen los espacios de atención, las referentes que los llevan adelante,[14] pero lo que persiste, lo que insiste, lo que no deja de aparecer, es la impunidad. La sensación de que si no se castiga no se hace nada, pero también la de que a pesar de castigar o realizar otras intervenciones “no punitivistas” el estado de situación respecto a las personas que ejercen violencias o acciones heterocissexistas en las universidades muchas veces permanece sin modificaciones.

De todas formas, es importante introducir dos matices. El primero de ellos es que la impunidad no solo se ha relatado respecto a los protocolos y espacios institucionales de gestión de políticas de género y sexualidades en las facultades, sino también en los gremios docentes[15] y no docentes y los colegios profesionales vinculados a las carreras que se dictan en la UNR. El segundo matiz refiere a que muchas de estas sensaciones de impunidad que circulan responden a modos de comprender los espacios de intervención institucionales sin haber acudido efectivamente a ellos, como se explica a continuación:

“Y después de eso yo me planteé hablar con la Secretaría, nunca lo hice, no sé por qué, creo que también por esta sensación de que al chabón[16] no lo van a sacar de ahí, no es la primera vez que alguien dice algo. Hace literalmente lo que quiere, pone clases cuando quiere, toma examen cuando quiere, de la forma que quiere y nadie puede hacer nada con él. Entonces nada, tendría que haberlo hecho, como pensando también en que bueno, tal vez no lo pueden sacar a él, pero sí se puede hacer una clase que tire abajo todas las cosas que él dice por ejemplo”.[17]

Cabría preguntarse entonces ¿es la misma la sensación de impunidad que se origina cuando una violencia no pudo ser (d)enunciada a la que surge de una violencia oída pero cuya resolución institucional fue trunca? En las citas revisadas podemos observar la dimensión cualitativa de los afectos en tanto no es posible hablar de un sentido unívoco del sentimiento de impunidad, sino que el mismo se presenta con diversas intensidades o gradaciones que fundamentan que hay una multiplicidad de formas de “sentir impunidad”. En este sentido es que cabe afirmar que no es la misma la sensación de impunidad cuando los testimonios de violencias no llegan a los espacios institucionales, cuando llegan y existe un reconocimiento institucional o un oído feminista,[18] o cuando a pesar de ese reconocimiento y escucha las personas afectadas sienten que no se resolvió nada al respecto de su situación concreta.

De todas formas, como es posible observar al final del último fragmento con la frase “tal vez no lo pueden sacar a él, pero si se puede hacer una clase que tire abajo todas las cosas que él dice”, estas sensaciones de impunidad no obturan la posibilidad de pensar alternativas futuras, imaginadas, como modo de gestionar las múltiples y repetidas agresiones que un docente había ejercido sobre el estudiantado. Entendemos que esto constituye un ejemplo de lo que anteriormente catalogamos como estrategias o actos reparatorios tomando la conceptualización del CELS (Guilis et. al. 2004) y que explicaremos con mayor profundidad en el apartado siguiente.

Desbordar los protocolos: actos reparatorios e imaginarios feministas

Como mencionamos en la sección anterior, resulta inalcanzable la reparación de los daños subjetivos que producen determinadas discriminaciones y violencias sobre los cuerpos feminizados, no heteronormados y trava-trans en las universidades y otros espacios de sociabilidad. Sin embargo, a pesar de la impunidad como sentimiento(s) persistente(s) en los abordajes de violencias de género, la pregunta continúa siendo cómo responder a las conductas lesivas ocasionadas a mujeres y diversidades sexogenéricas, cómo mejorar los abordajes, cómo llevar adelante estrategias alternativas al castigo sin homologar categorías que se presentan muchas veces deshistorizadas y descontextualizadas como la de “(anti)punitivismo” en una sociedad de la que no es posible borrar las consecuencias de la cruenta dictadura que aconteció en nuestro país entre 1976 y 1983. Es decir, ¿cómo trascender el castigo[19] como respuesta a las violencias de género sin sucumbir a la impunidad de quienes cometen esos actos de injuria?, ¿cómo contribuir a una justicia que transforme en vez de que restaure?

 Algunas respuestas tentativas a estas preguntas pueden localizarse en la investigación que aquí presentamos en tanto las personas entrevistadas poseen diversos imaginarios futuros de cómo deberían funcionar las estrategias institucionales existentes, así como estrategias reparatorias que exceden los protocolos y secretarías de género y son (auto)organizadas por integrantes y/o agrupaciones de distintos claustros de la UNR. Como un modo de ordenar estos actos o estrategias reparatorias de las violencias de género en el espacio universitario proponemos siete dimensiones de análisis que explicaremos muy brevemente en el presente apartado. Estas pueden diferenciarse entre una punitiva y otras seis que podríamos catalogar como alternativas al castigo: pedagógica, simbólica, económica, espacial, colectiva y artística. Por la extensión de este trabajo, nos concentraremos en la arista punitiva, colectiva y artística. En el caso de la dimensión punitiva, interesa el vínculo estrecho que existe tanto con el análisis de la impunidad que hemos desarrollado en el apartado anterior, como con el accionar de los protocolos y los dispositivos institucionales de la UNR. En cambio, las dimensiones colectiva y artística, cuando se observan entrelazadas, develan estrategias reparatorias más asociadas a las acciones organizadas desde la comunidad de la UNR. Es muy importante aclarar que estas distinciones se realizan únicamente con fines analíticos y las dimensiones propuestas permanecen sumamente interrelacionadas e incluso solapadas entre ellas.

La primera dimensión de análisis se vincula con acciones que podemos sintetizar como pedagógicas, que tienen que ver con el aprendizaje en diferentes variaciones como la realización de talleres, transversalización de la perspectiva de género en las currículas, cursos, clases especiales, capacitaciones, entre otras medidas. También el desarrollo de instancias formativas o terapéuticas para personas que ejercen violencias como oportunidad para dialogar y reflexionar acerca de las violencias, micromachismos y denigraciones o discriminaciones ejercidas.

Los actos reparatorios simbólicos refieren a las transformaciones necesarias en el plano del lenguaje -en su carácter heterocissexista- para que no sea discriminatorio o incluso violento para mujeres, maricas, lesbianas, bisexuales, trans, travestis y no binaries. Un ejemplo de ello es el uso del denominado corrientemente “lenguaje inclusivo no sexista” o la posibilidad de adicionar a la pregunta ¿cómo es tu nombre? que se realiza en cualquier espacio áulico o actividad académica la interrogación ¿qué pronombre usas?, como fue sugerido en las entrevistas realizadas por une docente no binarie.

Por otra parte, la arista económica, vinculada a acciones donde media el dinero como acto reparatorio, puede dividirse a su vez en dos tipos: las que se orientan a indemnizar o compensar con una determinada cantidad de dinero a las personas afectadas por una situación de violencia (en las cuales no queda claro si sería la persona acusada de ejercer violencia, el Estado, o la Universidad la que se haría cargo de ese monto) y las que demandan una suma de dinero a quienes han agraviado como de subsanar los daños ocasionados (como por ejemplo la confiscación de un sueldo docente o no docente). De todas maneras, la complejidad de esta dimensión amerita análisis más profundos que esperamos poder realizar en futuros artículos.

Las estrategias reparatorias de la dimensión espacial se orientan a reconocer la importancia de que exista un espacio nuevo en la universidad que atienda las violencias de género de manera particular, confidencial, empática, pero demandando a la vez que este espacio sea “real” y no solo un llamado discursivo a realizar consultas o denuncias en un lugar que resulta ser “improvisado” (cualquier aula que esté vacía en ese momento, la sala de profesorxs, el patio o el bar/comedor universitario por ejemplo).

Sin embargo, los sentidos que adquiere la reparación en nuestro terreno específico de indagación no necesariamente implican una perspectiva antipunitivista.[20] La arista punitiva en el presente análisis la ligamos a la demanda de castigos severos como la expulsión de la institución educativa de quien agrede. Hay una contradicción constante entre los debates y discursos que se posicionan desde el antipunitivismo y algunas de las demandas concretas de las personas que consultan o denuncian situaciones de violencias de género en los protocolos. Como explicaba una graduada:

“El hecho de saber que la facultad te escucha, que hace algo, aunque sea mínimo con respecto al tema, que le de importancia, eso ya me parece que es reconfortante en cierta forma. Por más de que después no se lo aparte de su cargo ni nada [se refiere a un docente que ha ejercido violencias], pero bueno es saber que en la institución hay apoyo”.[21]

La imaginación para proponer actos reparatorios que trasciendan al castigo tiene sus límites. Como explicamos en el apartado anterior, esta cuestión puede estar vinculada al hecho de que las sensaciones de impunidad persistentes dificultan idear estrategias de abordaje de las violencias alternativas al castigo cuando la contradicción entre castigar y no castigar (y/o implementar otro tipo de medidas) de quienes gestionan las respuestas a las violencias se traduce en inacción institucional. Este pasaje nos permite observar además la contradicción permanente que existe entre el apoyo al espacio del protocolo (que muchas veces las mismas entrevistadas militaron y demandaron), de las referentes o docentes/estudiantes/no docentes feministas que han acompañado situaciones; y el comentario de tenor punitivo que se desliza al final del pasaje: “por más de que después no se lo aparte de su cargo ni nada”.

No obstante, al igual que la dimensión pedagógica, simbólica, económica y espacial que definimos anteriormente, la arista colectiva nos permite observar estrategias reparatorias que pueden considerarse como alternativas al castigo. En relación a esta dimensión, si bien observamos que prima un discurso donde las acciones reparatorias aparecen como algo que es sumamente subjetivo y que varía considerablemente según cada persona (en su contexto particular de desarrollo), irrumpe repetidamente la cuestión de abordarla de manera colectiva. Un ejemplo de esto es que las personas que realizan consultas o denuncias por situaciones de violencias de género en las universidades suelen afirmar que no las relatan por sí mismas sino por “les demás”. Lo que constituye una suerte de prevención y cuidado del resto de la comunidad. Como relataba una graduada y activista que ha acompañado a numerosas personas en situaciones de violencia:

“La mayoría entiende que lo más importante es que a otras personas no le pase lo mismo que te pasó a vos (...) y por eso también hacía hincapié en este cambio en la persona [se refiere a la persona afectada] para luego solidarizarse. Luego tener redes, luego posibilitar a otras personas de su entorno que lo reflexionen”.[22]

En este caso conviven en la estrategia reparatoria tanto la transformación personal y subjetiva de quien ha atravesado una situación violenta, como “solidarizarse” con les demás, “tener redes” y prevenir, “posibilitar a otras personas de su entorno que lo reflexionen”. Lo que Sara Ahmed (2022) analiza en su investigación en universidades británicas como “trabajo no reproductivo”, es decir, hacer lo necesario para evitar que lo que le pasó a estudiantes, docentes, no docentes, le pase a otres una y otra vez, evitar lo que la autora llama “el ciclo reproductivo de las violencias”.

Otro ejemplo a resaltar es el de un estudiante homosexual que considerando las razones por las cuales solicitó una intervención en un espacio de atención ligado al protocolo argumentaba: “para que sirviera de algo, para aportar al espacio, para ver si también servía de algo para esta persona [se refiere a la persona que ejerció violencia], para de alguna manera evitar que haya nuevas víctimas”[23] (Entrevista a Santiago [nombre ficticio], estudiante, realizada por la autora, agosto de 2021). Lo interesante de este fragmento es que además de aludir a la transformación de la comunidad refiere al interés por la persona señalada.

De todas formas, los protocolos y espacios institucionales no son los únicos que abordan las violencias de género y las respuestas a ellas en la universidad. Las acciones reparatorias colectivas se solapan a su vez con otras manifestaciones en contra del heterocissexismo que se corresponden por ejemplo con la dimensión artística. Estas son la realización de murales, intervenciones con carteles, frases, entre muchas otras, en las inmediaciones de las facultades y espacios comunes de la UNR. Estas han sido organizadas mayormente por organizaciones políticas estudiantiles y gremiales, grupos de mujeres o de feministas independientes y colectivas transfeministas formadas al calor del “Ni Una menos”. Una graduada lo ejemplificaba de la siguiente manera:

“Más allá del Protocolo, el hecho de que nosotres [se refiere a su agrupación estudiantil de pertenencia] hayamos expuesto esas situaciones, no sé por ejemplo una vez pegamos carteles con distintas situaciones cotidianas de la facultad que eran violentas, sirvió para empezar a reconocer esas situaciones, me acuerdo que hicimos un termómetro de violencias”.[24]

En las acciones reparatorias artísticas encontramos además actuaciones vinculadas a distintas formas del arte tales como escribir poesía, ensayos y registros literarios que se realizan tanto individual como colectivamente dentro y fuera de la universidad. Más allá de las dimensiones analizadas, es importante agregar también la terapia psicológica que realizan les entrevistades tanto de modo privado como a través de la UNR en sus establecimientos de salud,[25] así como las redes afectivas de sostén y acompañamiento de amigues, colegas, compañeres, familias, parejas y otro tipo de vínculos sexo-afectivos. Insistimos en que no hay una sola manera de ordenar las aristas que aquí propusimos como actos o estrategias reparatorias y resaltamos que tampoco pueden comprenderse de modo aislado puesto que muchas de ellas se combinan, se sobreponen o hasta contradicen. Sin embargo, consideramos que es necesario realizar un esfuerzo que intente esclarecer los significados de la reparación de las violencias de género en el espacio universitario. Este trabajo constituye un primer intento de esa vocación que analizamos en el apartado siguiente de conclusiones.

Conclusiones

En el presente artículo se ha abordado centralmente el concepto de reparación de las violencias de género en el espacio universitario con foco en las voces de quienes las han atravesado y/o han acompañado a personas en estas situaciones en el ámbito de la UNR (hayan consultado o no en los espacios regidos por los protocolos), y a través del lente de nuestra posición dual como referente del espacio de atención de violencias de género de una facultad de la UNR y como investigadora. Esto ha implicado reconocer que la reparación es un proceso complejo, polémico y a menudo contradictorio, donde se ha podido detectar una multidimensionalidad conceptual (y práctica) en lo que aquí hemos considerado como actos o estrategias reparatorias, que a su vez permanecen sumamente interrelacionadas entre ellas.

En el primer apartado analítico hemos fundamentado por qué creemos necesario remontarnos a la postdictadura en nuestro país para comprender de modo situado la reparación de las violencias de género particularmente en el espacio universitario. El riesgo de exportar categorías de otros países, mayormente del norte global, implica perder de vista que en América Latina y Argentina los procesos judiciales no son transparentes, están teñidos por un histórico manto de impunidad, letargo y desconfianza hacia la justicia o ni siquiera hay acceso a la justicia en muchos casos. En este contexto, se vuelve realmente dificultoso demandar estrategias alternativas al castigo que respondan a las violencias cuando ni siquiera existen garantías de su cumplimiento en la justicia ordinaria.

Sin embargo, en la investigación en la que se basa este escrito se han localizado múltiples ejemplos de acciones que podrían ser juzgadas como efectos que reparan las violencias atravesadas examinados en el segundo apartado analítico. Si bien dentro de estos permanece la arista punitiva, las otras seis dimensiones de análisis presentadas de algún modo expresan la potencia política y creativa del feminismo y de la diversidad sexogenérica universitaria al manifestar una esperanza futura de transformación social que desborda los marcos jurídicos tradicionales y que permiten aportar al cambio de mirada respecto al abordaje del herocissexismo en las instituciones educativas.

En este marco, en las universidades argentinas se pueden localizar algunas claves para repensar la gestión de las violencias de género. Uno de estos instrumentos son los Protocolos de actuación en estos casos, los cuales poseen actualmente diversos límites para intervenir a personas que agreden y reparar a las personas afectadas, pero no están exentos de seguir explorando posibilidades futuras de mejoramiento. Otras estrategias las brinda la comunidad de la UNR que desborda la normativa de los Protocolos y las políticas institucionales de género y sexualidades y autoorganizada (o no) lleva adelante tanto acciones individuales, subjetivas, como colectivas, para reparar las violencias de género en sus casas de estudio de modos muy variados, como hemos podido ver en este trabajo.

Para finalizar, consideramos que no hay una reparación posible en el sentido de restauración, volver a una situación anterior al “Ni una menos” de invisibilidad de las violencias de género en la universidad no debería ser una opción. De aquí la importancia de comenzar a pensar más en la transformación que en la reparación, en la posibilidad de reinterpretar las violencias desde lo subjetivo y lo colectivo que produzcan verdaderos efectos reparatorios para las personas afectadas. Para aportar a una universidad y una sociedad realmente antipunitiva debemos seguir teniendo el espíritu crítico que tradicionalmente han tenido nuestras universidades públicas nacionales y los feminismos, construir políticas reparatorias situadas y desarrollar al mismo tiempo estrategias o actos reparatorios con la sabiduría y experiencia de quienes han acompañado y atravesado situaciones dolorosas por el heterocissexismo imperante.

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Rocío Moltoni es licenciada y doctoranda en ciencia política (UNR). Diplomada en estudios feministas (UNCAus) y en universidades y género (FFyL, UBA). Becaria doctoral del CONICET con dirección del Dr. Rafael Blanco (UBA, IIGG, CONICET) y co-dirección de la Dra. Florencia Rovetto (UNR, UNER, CONICET). Integrante del Centro de Investigaciones Feministas y Estudios de Género (CIFEG, UNR). Coordinadora del espacio de atención de las violencias de género de la Secretaría de Género y Sexualidades de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales (FCPOLIT, UNR). Docente de la asignatura “Introducción a la perspectiva de género” (FCPOLIT, UNR). Actualmente investiga sobre violencias de género, reparación, afectos y política feminista en las universidades públicas argentinas.

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[1] Agradezco al equipo de investigación dirigido por el Dr. Rafael Blanco (UBA, IIGG, CONICET) y a les tesistas Bárbara Trzenko (UBA, IIGG, CONICET), Victoria Imperatore (UBA, IIGG, CONICET), María Laura Bagnato (UBA, UNAJ, CONICET) y Mariano Chervin (UBA, IIGG) por la paciencia, el intercambio constante y la insistencia crítica. También al Centro de Investigaciones Feministas y Estudios de Género (CIFEG, UNR), en especial a su directora, Dra. Florencia Rovetto (UNR, CIFEG, UNER, CONICET) y su co-directora, Lic. Mariangeles Camusso (UNR, CIFEG), mis maestras feministas. Al CONICET por financiar mi investigación, a la UNR y a la UBA por brindarme los espacios físicos necesarios para desarrollarla y otorgar recursos para proyectos de investigación que se relacionan estrechamente con este trabajo. A lxs evaluadorxs y editorxs de la revista y a mi pareja/colega Tomás García, quienes han realizado importantes observaciones y propuestas para que este trabajo mejore considerablemente. Finalmente, a todes les informantes clave y a les entrevistades que formaron parte de la pesquisa que informa el presente artículo, por el compromiso (in)advertido con el tema de indagación, la buena predisposición y los invaluables aportes que han realizado. De ninguna forma podría considerar que este trabajo es de producción individual.

[2] La diferencia numérica está dada por el formato en que se han llevado a cabo las entrevistas: la gran mayoría de manera individual (29), dos en duplas (de dos personas cada una) y una grupal (con tres personas).

[3] Se la conoce generalmente como la profesional a cargo de abordar las violencias de género en el espacio universitario en sentido amplio (atender y escuchar las consultas o denuncias, realizar registros administrativos y sistematización de datos, realización de talleres de sensibilización y diagnósticos y/o encuestas, planificación e implementación de políticas de prevención, abordaje e interrupción de las violencias). Se rige por las normativas de los Protocolos de actuación y en el caso particular de la UNR se designan por concursos ordinarios.

[4] Es por la permanencia en este puesto de trabajo que se ha decidido no realizar entrevistas de investigación en la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la UNR. Los testimonios allí obtenidos de ningún modo se exponen en este trabajo.

[5] Resulta muy importante aclarar que consideramos a la supremacía masculina no como una forma binaria de entender la opresión de cualquier varón por sobre cualquier mujer en la sociedad, sino como la complejiza Luciano Fabbri (2021) al entender la masculinidad como “dispositivo de poder orientado a la producción social de varones cis hetero, en tanto sujetos dominantes en la trama de relaciones de poder generizadas” (p. 25).

[6] Versión actualizada en 2022, disponible en https://dle.rae.es/reparaci%C3%B3n. Consultado: 25/03/2022.

[7] Definición del diccionario en español de Oxford Languages. Disponible en https://languages.oup.com/google-dictionary-es/ Consultado: 12/03/2022.

[8] Entrevista a Maia (nombre ficticio), estudiante, realizada por la autora, julio de 2021.

[9] Refiere a las denuncias/sumarios que se realizan en el ámbito jurídico de las universidades. En el caso del Protocolo de la UNR (Ordenanza Nº 754 de 2022 [Universidad Nacional de Rosario]. Protocolo de actuación ante situaciones de violencia y discriminación por razones de género, identidad y/o expresión de género u orientación sexual en el ámbito de la Universidad Nacional de Rosario. 3 de marzo de 2022) actualmente una situación de violencia presentada en el espacio de atención puede ser canalizada en tres modalidades: una consulta, una solicitud de intervención y/o una denuncia.

[10] Entrevista a Violeta (nombre ficticio), estudiante, realizada por la autora, septiembre de 2021.

[11] Entrevista a Juana (nombre ficticio), estudiante, realizada por la autora, agosto de 2021.

[12] Entrevista a Alejandra (nombre ficticio), graduada, realizada por la autora, agosto de 2021.

[13] Entrevista a Martina (nombre ficticio), graduada, realizada por la autora, julio de 2021.

[14] Es importante aclarar que las referentes de los protocolos han trabajado con una estructura laboral muy diversa, en algunos casos ad honorem, con cargos precarizados y pocos recursos financieros. Actualmente, el Área de Género y Sexualidades de la UNR se encuentra en un proceso que ha llamado de “fortalecimiento institucional” de engrosamiento de estos recursos humanos y materiales. Será necesario realizar análisis y evaluaciones de los abordajes institucionales de violencias de género una vez finalizado este proceso para observar los cambios ocasionados.

[15] En el caso de Rosario posee su propia normativa denominada “Protocolo de prevención, intervención y acción ante situaciones de discriminación, acoso y violencia por razones de género contra mujeres y personas del colectivo LGBTIQ+ en el ámbito de la Asociación Gremial de Docentes e Investigadorxs de la UNR (COAD)”. Disponible en https://www.coad.org.ar/paginas-416-Protocolo.contra.la.violencia.de.g%C3%A9nero.en.el.marco.de.la.COAD. Consultado: Consultado: 10/11/2022.

[16] En Argentina, el término se utiliza coloquialmente para referirse a un varón.

[17] Entrevista a Juana (nombre ficticio), estudiante, realizada por la autora, agosto de 2021.

[18] Para profundizar en este concepto consultar: Ahmed, 2022.

[19] En este apartado entendemos al castigo como expulsión de la institución de quien ha ejercido violencias (a través de un sumario administrativo universitario) o denuncia penal realizada fuera de la institución educativa.

[20] Es necesario aclarar que esta perspectiva antipunitivista es todavía un emergente en Argentina (Daich y Varela, 2020) y no posee una tradición de pensamiento clara en las teorías feministas (Arbuet Osuna, 2020). En este artículo comprendemos el antipunitivismo como “la respuesta política a la filosofía del castigo como el modo de (re)accionar a las cuestiones sociales” (Arbuet Osuna, 2020: 103).

[21] Entrevista a Alejandra (nombre ficticio), graduada, realizada por la autora, agosto de 2021.

[22] Entrevista a Melina (nombre ficticio), graduada, realizada por la autora, agosto de 2021.

[23] Desde nuestro punto de vista consideramos que se trata de personas afectadas por cierto/s acto/s de violencia y no de víctimas. Para profundizar en la importancia de desbinarizar la dupla víctima-victimario desde una perspectiva feminista consultar, por ejemplo, el trabajo de Marta Lamas (2018).

[24] Entrevista a Alejandra (nombre ficticio), graduada, realizada por la autora, agosto de 2021.

[25] Desde el año 2020, la UNR cuenta con dos dispositivos de asistencia psicológica gratuita para casos derivados de los espacios regidos por los protocolos en el Centro de Asistencia a la Comunidad (CeAC) dependiente del Área de Extensión de la universidad, y el centro de salud “7 de abril” de la UNR. Resulta interesante agregar que si bien no forma parte del periodo temporal analizado en la investigación que informa este artículo, existen recientemente espacios terapéuticos grupales en el centro de salud de la UNR coordinados por una psicoanalista feminista que en el futuro será necesario contrastar y analizar sus resultados.

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