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Pasado Abierto - Año de inicio: 2015 - Periodicidad: 2 por año
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Pasado Abierto. Revista del CEHis. Nº20. Mar del Plata. Julio-diciembre 2024.

ISSN Nº2451-6961. http://fh.mdp.edu.ar/revistas/index.php/pasadoabierto

Buscando a la policía. Desafíos de una experiencia conjunta en los Archivos Generales de la Nación de Argentina y México

María Agustina Vaccaroni

Instituto de Humanidades y Ciencias Sociales, Universidad Nacional de Mar del Plata, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Departamento de Humanidades, Universidad Nacional del Sur, Argentina

magustinavaccaroni@gmail.com 

Recibido: 25/06/2024

Aceptado: 23/11/2024

ARK CAICYT: https://id.caicyt.gov.ar/ark:/s24516961/u1wki69r4

Resumen

En este breve manuscrito comparto algunos problemas y desafíos que se presentaron en la búsqueda de documentación en el Archivo General de la Nación de Argentina y en el de México, durante el período de investigación doctoral y postdoctoral, ambos dedicados al problema de la policía y lo policial en el traspaso del siglo XVIII al XIX. En particular, expongo partes de mi experiencia conjunta con las fuentes que permitieron desenvolver un trabajo, que aún continúa, sobre la Superintendencia de Policía de la Ciudad de México establecida en 1811 y la Intendencia de Policía de Buenos Aires creada en 1812, apuntando cuestiones sobre la documentación en sí misma, su historia archivística y el procesamiento hecho sobre ellas.

Palabras claves: policía, Archivos, Buenos Aires, Ciudad de México, siglos XVIII-XIX.

Searching for the police. Challenges of a joint experience in the Nation’s General Archives of Argentina and Mexico

Abstract

In this brief manuscript I share some problems and challenges that arose in the search for sources in the National Archives of Argentina and Mexico, during the period of doctoral and postdoctoral research, both dedicated to the problem of police and policing in the late 18th century and the first decades of the following. In particular, I present parts of my joint experience with the sources that allowed me to develop a research on the Police Superintendence of Mexico City established in 1811 and the Police Intendancy of Buenos Aires, created in 1812, pointing out questions about the documentation itself, its archival history and the processing done on them.

Keywords: Police, Archives, Buenos Aires, Mexico City, 18th-19th century.

Buscando a la policía. Desafíos de una experiencia conjunta en los Archivos Generales de la Nación de Argentina y México

¿Cómo buscar en los archivos una institución policial que aún no era? ¿Qué sí era esa policía en el traspaso del siglo XVIII al XIX y en el medio de la turbulenta década de 1810? ¿De qué modo rastrear pistas al respecto en la documentación conservada en diferentes ciudades de una América hispana en trasformación? Preguntas similares a estas han surgido en las reflexiones teóricas y metodológicas de historiografías renovadas sobre el gobierno, el derecho, la justicia y, más recientemente, la policía. Pesquisar las formas en que se controló y ordenó a las ciudades y a la población residente conformó una preocupación común de la historia social de la justicia, la historia crítica del derecho y la historia del crimen y el castigo, líneas de investigación que despuntaron en los últimos veinte años a este lado del Atlántico (Galeano, 2007; Barriera y Tío Vallejo, 2012; Barreneche, 2015). En medio de esa tríada se ha podido empezar a responder qué significaba policía en lo que llamamos Antiguo Régimen y qué permanencias y transformaciones experimentó hacia el siglo XIX.[1] 

Pero al problema ontológico le concurrió, casi inevitablemente, otro metodológico. Si policía en su concepción antigua era una función y potestad gubernativa, destinada a ser ejecutiva y rápida en la mantención del orden de las ciudades (Garriga, 2002: 321), no era posible encontrarla solo en fondos de una institución que no estaba construida. Si una de sus características salientes era su despojo del proceso judicial, tampoco se podía únicamente buscarla en los expedientes del tipo, esos legajos que según Arlette Farge (1991: 10) son la “huella en bruto de vidas que de ningún modo pedían expresarse así, y que esta obligadas a hacerlo porque un día se vieron enfrentadas a las realidades de la policía y de la represión”. Más que la policía, lo policial, finalmente, estaba presente en un abanico demasiado grande de documentación, incluyendo las arriba mencionadas y otras tantas fuentes como las actas capitulares, los bandos de buen gobierno que Pihlajamaki (2002: 1366) ha identificado como derecho de policía, los decretos y colecciones legislativas. En definitiva, el meollo de la cuestión metodológica era rastrear una función del poder y a las autoridades que la detentaban.

El problema descripto en el exordio es el que recorrió mi experiencia en el intento por indagar sobre los modos del control policial en las ciudades de México y Buenos Aires en la década que le siguió a la vacatio regis de 1808, cuando la monarquía española fue desprovista de su rey, primero Carlos IV y luego Fernando VII. Esta experiencia que quiero compartir fue conjunta. Así puede considerase a través de una extrapolación hecha sobre el concepto desarrollado por Barriera y Godicheau (2022: 9). Estos autores ofrecen la posibilidad de realizar una “historia conjunta” de los territorios americanos de la monarquía, buscando problemas comunes que se desenvolvieron en espacios, a primera vista, divergentes. Retomar su mirada como opción metodológica me permitió en este caso evadir comparaciones y modelos más bien estáticos. En efecto, captar las dinámicas de policía en ciudades bien particulares, como lo son la de México y la de Buenos Aires a inicios del siglo XIX, necesariamente requirió pensar matrices comunes pero también atender a la diversidad que caracteriza a la documentación conservada sobre la temática.

Así, en lo que sigue presento una serie de reflexiones, parciales e interinas, sobre los desafíos que supone pesquisar el poder y la función de policía, reconstruir a las autoridades que la ejercían y analizar las instituciones, algunas más provisorias que otras, que, construidas alrededor de aquel poder, hoy están plasmadas en los archivos.[2] Ofrezco aquí instantáneas, entonces, de un itinerario en el Archivo de la Nación de Argentina y en su correspondiente de México,[3] en consonancia con las consideraciones ya hechas por renombrados investigadores sobre el trabajo con documentación de policía (Barreneche, 2010; Caimari, 2017; Galeano, 2018). Aunque el trayecto es de carácter fragmentario, pues el relevamiento involucró fuentes fechadas entre fines del siglo XVIII y las primeras dos décadas del XIX, compartirlo puede colaborar en iluminar caminos de indagación, advirtiendo también sobre los modos posibles de sortear algunos obstáculos al estudiar la función, poder y práctica de policía en momentos en que esta era más una acción que una institución.

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Ningún fondo documental puede ser revisado sin tener al menos alguna idea de lo que se va a buscar. Alguno dirá que, por eso, antes de la sala de consulta está la sala –a veces es solo un estante- de auxiliares descriptivos. Pero incluso previamente a la revisión de un catálogo documental, está la bibliografía y con ella, un acercamiento a un concepto, al menos provisorio e instrumental como ha dicho Tomás y Valiente (2004 [1979]), de lo que se investiga. De la teoría a la práctica y de lo que dijo Tomás y Valiente a lo que me sucedió, hubo un trecho; en mi caso, lo primero fue un no-concepto, una conceptualización por la negativa, mediante una operación de exclusión. La policía que buscaba no era una institución civil armada, jerarquizada y de carácter profesional, como define el artículo 3 de la Ley 13.482 de organización de las policías de la Provincia de Buenos Aires.[4] Tampoco una creación estatal para limitar la actividad individual mediante la coerción (Vázquez, 1957: 28) o un cuerpo con autonomía normada (Fentanes: 1979: 16 y ss.), como puede leerse en manuales institucionales del siglo XX.

Aunque útil por cierto tiempo, este no-concepto tenía que transformarse. Que la respuesta sobre qué era la policía antes de ser policía no viniera ni de un comisario, ni de un juez ni de la propia ley era un poco desesperante al inicio. Pero claro, finalmente tenía sentido porque hacía falta una “consciência mais profunda da alteridade dos sistemas históricos do poder, das instituiçôes e do direito” (Hespanha, 1986: 219).[5] “Una perspectiva distanciada”, una abstención de las categorías actuales, de la propia organización institucional policial que todos experimentamos cotidianamente, apareció como el camino para determinar que la policía refería al buen orden de las ciudades entendidas como corporaciones políticas y que esto implicaba la acción de una potestas económica et política que permitía justificar y concretar decisiones de naturaleza ejecutiva y tutelar (Agüero, 2018) para proteger un orden, concebido como trascendental, y precaver su quebrantamiento (Vallejo, 2008: 130).

Los que protegían ese orden podían ser todos aquellos en quienes el rey delegara esta potestad, desde jueces, a alcaldes y comisionados. El poder de policía, entonces entendido como función del gobierno, estaba superpuesto a la vez que diseminado. No formaba parte tanto de instituciones particulares, más bien de personas que ejercían oficios. Si bien focalizado en los derroteros del norte de América, una conceptualización de Dubber (2004: 101) lo comprendía como “the most expansive, least definite […] of governamental powers”.[6] Este autor bien lo estaba diciendo: la policía que buscaba en los archivos era tan omnicomprensiva como sinuosa. Una vez aceptada esta constatación, tocaba sumergirse en otro proceso a todas luces zigzagueante: el del acopio, a veces exitoso y otras veces no pero siempre conflictivo, de este poder por parte de instituciones específicas que empezaban a configurarse.

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Antes de seguir, ¿por qué Buenos Aires y por qué ciudad de México? Bien podrían haber sido otras urbes, pero en estas dos se desarrollaron configuraciones institucionales de policía, en cierto modo separadas de la justicia, que se establecieron como respuesta a la crisis monárquica. En estos espacios que me interesaba examinar se moldearon iniciativas de control y castigo que se superpusieron con los ensayos borbónicos de vigilancia, organizados a partir de la división de las ciudades en cuarteles y barrios y de una suerte de auto policiamiento en manos de vecinos honrados que desempeñaban lo que se llamó, al menos en la América hispana, alcaldía de barrio, entendida como una carga honorífica.[7] Pero estas tentativas “nuevas” ya no respondían a los intereses de la Corona por una mejor administración de sus territorios, en materia de defensa y fiscalidad, como había sucedido en especial desde mitad del siglo XVIII. Los ensayos policiales aludidos estaban atados a la premura y la emergencia que había desatado la crisis, la guerra y la revolución y que, aparentemente, requería concentrar el poder de policía en una menor cantidad de manos.  

Esta verificación fue primero bibliográfica, mediante la lectura de diversos estudios, en la búsqueda por analizar experiencias de policía en Hispanoamérica. En el marco de la tesis doctoral bien servía esto para poder acceder a un panorama que sacara a la función y el poder de policía actuante en Buenos Aires de una mirada aislada o excepcional. Finalmente, había alcaldes de barrio, comisarios, serenos, celadores, entre otros, en Cuba, Chile, Brasil, Perú y en variadas ciudades del Río de la Plata. Pero en la ciudad de México había una Superintendencia de Policía, creada en 1811,[8] mientras que en Buenos Aires, muchos estudios nombraban a la Intendencia de Policía de 1812. Es que “the concept of criminality broadened considerably during the nineteenth century. Colonial society had by no means been totally law-abiding; by the mid-eighteenth century, urban authorities as far apart as Mexico City and Buenos Aires had already expressed grave concerns for public safety” (Szuchman, 1984: 84)[9] y el nombramiento de agentes con funciones policiales destinados a controlar la actividad revolucionaria o contrarrevolucionaria, según el caso, trataba de dar respuesta a aquel problema y a otros visualizados con mayor ahínco a partir de 1808.  

En la última ciudad mencionada no había más que 40.000 habitantes a inicios del siglo XIX, contra los 160.000 novohispanos residentes en la capital virreinal y antigua sede del imperio mexica; aunque en proceso de crecimiento demográfico y político, Buenos Aires, en relación a la ciudad de México, seguía siendo una especie de aldea al sur; además, había depuesto a un virrey, nada más ni nada menos, mientras que en la ciudad de México el virrey y la Real Audiencia continuaron siendo instituciones fundamentales durante los años de guerra, revolución e independencias. Con todas estas diferencias y más, en las dos ciudades, sin embargo, se había puesto en pie una configuración particular, casi en simultáneo, que llevaba el adjetivo de policía y que actuó por buena parte de la década. Aunque podía significar poco, la coincidencia nominativa fue suficiente para captar un interés que, al momento en que tuve la oportunidad, desarrollé en el marco de una estancia postdoctoral en la ciudad de México.

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Como me había pasado al indagar sobre lo policial en Buenos Aires, en México el paso posterior a un escaneo de la bibliografía disponible implicó “salir de la oficina”. De la biblioteca al archivo mediaba un metro y un metrobus y algo así como 90 minutos de viaje –muy poco considerando la extensión de la Ciudad de México-. Unos 3 kilómetros separaban al Centro Histórico de la Ciudad de México del edificio del AGN, ubicado en la Alcaldía Venustiano Carranza. Llegar al Palacio de Lecumberri, como se conoce popularmente a la Penitenciaría de la Ciudad de México en donde está apostado el AGN desde 1977,[10] es impactante por su arquitectura, por su gigantismo.

Algo similar me había pasado la primera vez que llegué al edificio de Avenida Alem, en donde estaba el AGN de Argentina hasta que sus documentos fueron trasladados en 2020 a la nueva sede que se muestra en la imagen de más abajo, especialmente diseñada para su propósito archivístico. El primero por su anchura, el segundo por su altura; ambos fueron laberintos, al menos en las primeras recorridas. Una anécdota al pasar me recuerda haber obviado el ascensor del AGN de Argentina e intentar bajar por las escaleras cuyo destino final, para mi asombro, fue la salida a la calle paralela (25 de Mayo) a la de entrada.

Imagen I: Fachada de los edificios de los AGN de Argentina y de MéxicoC:\Users\Agustina\Desktop\Facultad\Americana II\Publicaciones\Para Hacer\1 PA Taller - INHIDE - Archivos de policia en mex y arg\Fachadas.jpg

Además de primeras impresiones arquitectónicas, también las hubo en términos documentales. Antes de solicitar documentación había que bucear por los inventarios y catálogos, esos instrumentos de descripción archivística que ayudan a solicitar los legajos correctos, aunque a veces la inexperiencia del investigador haga inefectiva su colaboración. En este punto, la mediación de los archivistas y el personal de estas instituciones aparecen como fundamentales. No sólo para explicar los modos de búsqueda que difieren según el formato, impreso o digital, de los catálogos, sino también para orientar en los tipos de fondos que pueden estar asociados al problema de investigación.

Al acceder a la descripción de fondos, los desafíos de esta experiencia conjunta empezaron a aparecer. La división a la que estaba acostumbrada en el AGN Argentina determinaba una línea divisoria entre la documentación colonial y la nacional, cuyo corte estaba establecido por 1810 y por ello, con fuentes de inicios del siglo XIX.[11] Los fondos documentales del período nacional eran los que consultaba, pues allí se encuentra el fondo de policía cuya fecha extrema de inicio es 1811. En el AGN de México, esta separación era entre documentación colonial y documentación independiente pero la partición se hacía en 1821, año de la independencia de México. La Superintendencia de Policía que me proponía investigar había sido establecida en 1811, y por ello, tocaba revisar los fondos del período colonial.

Si bien tenían casi idénticos años de fundación, comparar, en cierto sentido, una Superintendencia de Policía “colonial” y una Intendencia de Policía “nacional” –subrayo de nuevo las comillas, pues aquí utilicé los términos aparecidos en los catálogos y en las clasificaciones hechas por los propios AGN- suponía un desafío más, que se sumaba al de pensar experiencias conjuntas en ciudades tan disímiles. Dos cuestiones entrelazadas se hicieron patentes: los fondos en los que debía buscar en uno y otro archivo iban a ser indefectiblemente diferentes, por un lado, y por otro, la historia archivística de esos fondos importaba.

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Un poco fortuitamente y otro poco con cierta conciencia, establecí, entonces, una diferenciación entre los conjuntos documentales a analizar. Las fuentes policiales, producidas por instituciones así denominadas y conservadas de ese mismo modo, eran las que había encontrado en el AGN de Argentina. Allí, el fondo de policía posee setecientos trece unidades archivísticas que comprenden el período 1811-1875 (Zabala, 2012: 127). De ese conjunto de unidades consulté Multas, Carga y Data, Departamento Asuntos Varios, Presidio, Cárceles de Ciudad y Cárceles de Campaña, Altas y Bajas de Presidio y Órdenes Superiores.[12] Valga decir que para el caso de la policía en Buenos Aires también hubo que revisar actas capitulares, expedientes judiciales (algunos conservados en el AGN y otros en el Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires –AHPBA-), fuentes provenientes de otras instituciones que interactuaron con la policía como el Departamento Topográfico, diarios de viajeros y memorias varias, prensa periódica, entre otros.

En particular sobre las secciones del fondo de policía conservadas en el AGN, vale decir que sus títulos tan variados responden, de nuevo, a la integralidad de las funciones de policía en el momento de transición estudiado. En los Asuntos Varios del Departamento pueden encontrarse partes de los comisarios de ciudad, quejas de los vecinos que llegan al Jefe de Policía, presupuestos, filiaciones de agentes subalternos, entre otras cosas. El Presidio era administrado por los comisarios de policía desde la década de 1810. En la del ’20, el Departamento pasará a administrar también las cárceles y de allí que existan varios conjuntos de documentos referidos a su gestión material pero también a la gestión de los reos. Durante todo el período, eran los comisarios en particular quienes cobraban multas diversas, en especial a quienes incumplían medidas y pesos en el abasto. Es decir que la multiplicidad de secciones se corresponde con la multiplicidad de tareas que la policía en su transformación institucional va acaparando en estos primeros años del siglo XIX.

Pero vuelvo en particular a las Órdenes Superiores porque, aunque nombradas en último lugar, fueron las primeras que consulté, en gran parte gracias a lecturas como Dentro de la Ley todo de Osvaldo Barreneche (2001) quien ya había hurgado entre ellas.[13] Estas fuentes constituyen comunicaciones diversas entre el intendente, luego jefe, de policía, los comisarios, los alcaldes de barrio, también los celadores ya entrada la década de 1820 y el gobierno. Incluyen peticiones y reclamos de vecinos y habitantes de Buenos Aires. Es decir que, en palabras del propio Barreneche, lejos están de conformar una documentación “monolítica”. Aunque de procedencia oficial, lo escrito en ellas permite acceder a voces diversas que dialogan y muchas veces discuten sobre los problemas del orden de la ciudad.

Imagen II: Cuadro de Clasificación del Fondo Policía (AGN Argentina) y portada del Índice del Archivo del Departamento General de Policía (1859)C:\Users\Agustina\Desktop\Presentación Vaccaroni INHIDE_page-0006.jpg

En particular sobre estas órdenes, se construyó un índice. Nazar y Caimari (2015) resaltan la vocación de “guarda documental” de la policía desde la creación Departamento en 1821. Y en efecto, este índice es prueba de ello, pues fue organizado por Rafael Trelles cuando asumió la Jefatura de Policía en 1859, a la que llegó luego de varios años de experiencia como comisario, juez de paz y diputado de Buenos Aires. Como jefe ordenó la reorganización del archivo policial y la publicación de ciento cincuenta ejemplares de dos tomos que, divididos en libros que iniciaban en 1811 y finalizaban en 1850, recogían títulos y resúmenes breves de cada documento conservado. El índice cuya tapa puede observarse en la Imagen II, fue publicado por la Imprenta del Estado en el mismo año en que asumió Trelles, preparando un período de reforma policial amplísimo que aconteció con la jefatura de Enrique O’ Gorman a partir de 1867-1868.

Aunque el índice fue pensado para circular internamente dentro del Departamento, hoy constituye una herramienta esencial que funciona como apoyatura a las fuentes conservadas en el fondo de policía del AGN de Argentina. En tanto algunos documentos se han perdido con el tiempo, disponer del índice es de gran utilidad para acceder a títulos de partes, fechas e informaciones sucintas sobre aquellos papeles que ya no pueden ser recuperados en la búsqueda de archivo.

El fondo de policía del AGN, parte de él organizado con un índice y reclamando las fojas producidas por la Intendencia de Policía de la década de 1810, parece deberle su configuración más prístina al hecho de que la policía en Buenos Aires intentó una centralización tempranamente, al menos en forma relativa a la Ciudad de México. De forma ininterrumpida –aunque debo reconocer que la volatilidad de estos empleos fue muy alta-, desde 1821 existió en Buenos Aires, ya formándose como Estado provincial, un jefe de policía, que reunía bajo su órbita a comisarios, alcaldes, celadores, serenos y que mantenía una relación directa con los jueces de paz. Pronto, en 1823, se creó la sede del Departamento de Policía, y cuando se emplazaron las cuatro comisarías de la ciudad en cuartos rentados, se procuró, al menos en la normativa, que tuvieran un espacio para el archivo.

Jefatura centralizada y preocupación por la guarda documental constituyeron un binomio que marcó la configuración policial de Buenos Aires y también a los documentos de archivo que resultaron de ello, a saber estas fuentes policiales que metodológicamente encontramos asociadas a una institución que intenta, con mayor o menor éxito, separarse o diferenciarse de otras, en especial de las justicias.

*

Las fuentes de policía son, como se dice, otro cantar. En este tipo de documentos, así clasificados por la (mi) necesidad, es posible rastrear a agentes que ejercen el poder de policía, sea de forma más o menos permanente o a razón de una comisión no tan extendida en el tiempo. Los fondos y secciones en las cuales están contenidas no refieren a ninguna institución que se denomine policía. Son papeles más bien dispersos en diferentes fondos que se transforman en fuentes de policía, en una acción casi performática, cuando el investigador pregunta y busca una actuación desprocesalizada sobre las conductas y movimientos de la población. Estos modos de ejercer el poder, ya indiqué, se encuentran dispersos y por eso es posible encontrar rastros e indicios del tipo en la actividad de un alcalde de barrio, un alcalde mayor, un cabo de una garita o el tribunal de la Acordada,[14] entre otros. Estos registros pueden estar tanto en legajos de justicia criminal o como papeles sueltos en cajas de indiferente. Lo aprendido fue un poco a la fuerza: uno no encuentra, por lo menos para el período en el cual enfoqué mi investigación, un solo lugar que contenga a la policía, sino muchos fondos y secciones en donde es posible más bien encontrar a lo policial.  

Imagen III: Cuadro de Clasificación de fondos documentales coloniales (AGN México) y lomo de uno de los legajos consultados

C:\Users\Agustina\Desktop\Facultad\Americana II\Publicaciones\Para Hacer\1 PA Taller - INHIDE - Archivos de policia en mex y arg\agn mEX.jpg

En la clasificación que el AGN de México hace sobre las instituciones coloniales, el único conjunto documental que remite, en su título, a policía es el de Policía y Empedrado. Este fondo, que corre hasta 1821, es decir hasta independencia de México, contiene mayormente notas, bandos y otras comunicaciones sobre espacios públicos y obras a realizar, no solo sobre el propio empedrado sino también sobre las acequias que, debido a la existencia de un histórico problema hídrico en la ciudad de México, constituían un tema de mucha preocupación. Totalmente diferente es la situación en el Archivo Histórico de la Ciudad de México (AHCM “Carlos de Sigüenza y Góngora”). Todas pertenecientes al fondo Ayuntamiento, allí hay secciones de Policía en General, Policía de Seguridad y Policía – Celadores. No es casual, sin embargo, pues las cuestiones de “baja policía”, esto es de la cotidianeidad de lo público, estuvieron siempre atadas a los Ayuntamientos y Cabildos que hoy continúan existiendo, mudadas algunas de sus funciones, en el país.

En el caso del AGN de México, la búsqueda fue facilitada por el uso de un sistema particular, denominado SIRANDA –sigla para Sistema informático de Registro, Normalización, Administración y Digitalización de Archivos-, que permite acceder a todos los fondos documentales y consultar aquellos que están digitalizados directamente desde las computadoras del AGN. Con esta herramienta en mano, es posible efectuar una búsqueda por palabra clave, es decir por nociones, agentes, instituciones, delitos, entre otros. De este modo, fondos documentales y bibliografía deben ser trabajados en circularidad para delimitar esos términos que acercan al objeto de estudio.

¿En qué fondos finalmente encontré a los “policías novohispanos”? Estaban presentes en el de Cárcel y Presidios, porque algunos agentes dependientes de la Superintendencia escoltaban o custodiaban reos destinados a estos espacios de encierro; los encontré en el fondo Criminal, realizando alguna actuación al inicio de los juicios por delitos como el de infidencia, muy “popular” en momentos en que la elite novohispana se creía amenazada por la insurgencia. También los localicé en los Impresos Oficiales y en Operaciones de Guerra y, finalmente, en el fondo denominado Indiferente Virreinal.

Mi primera impresión de este Indiferente fue: “Ah! Como en el AGI [Archivo General de Indias, en Sevilla]”. Allí, en esas cajas, fue donde encontré mayor cantidad de menciones a la Superintendencia que buscaba. Traje conmigo así documentos pertenecientes a setenta y tres de estas unidades de conservación. No es mucho si se recuerda que el total de cajas que componen el Indiferente es de cuatro mil quinientas,[15] pero para mí fue todo un hallazgo. Además del contenido, destaca una historia archivística bastante particular. Según el propio AGN mexicano, el origen del Indiferente se produjo de forma simultánea a la creación del Archivo, acaparando todo aquello “que no tenía un lugar específico en la administración virreinal”. (Archivo General de la Nación, México: 2006: 11).

Viniendo de Argentina, con un fondo entero titulado Policía conservado en el AGN, todo esto sorprendía. Pero hilos de la historia archivística de estos documentos e hilos de la historia institucional de la propia policía en México tejieron un panorama que daba lógica a los desafíos, obstáculos, marchas y contramarchas que caracterizaban mis idas al AGN mexicano. En la década de 1810 en la ciudad de México se había creado una Superintendencia de Policía, pero su responsable era un oidor de la Real Audiencia, y sus subalternos eran alcaldes de barrio o cabos de garita. En el medio había tenientes caballeros que controlaban los cuarteles, sí, pero en general en la Superintendencia se entramaron instituciones que ya existían, reconfiguradas frente a la crisis monárquica iniciada en 1808-1810. Si bien sus funciones y tareas fueron, en cierto punto, nuevas y diferentes de aquel control borbónico que las había precedido, en términos archivísticos importa que no hubo una institución de Policía como creadora y / o productora de los documentos.

Tampoco hubo, como sí ocurrió en Buenos Aires, una centralización policial más o menos temprana que recogiera lo hecho en la década convulsiva de 1810, pues en la Ciudad de México no existió una jefatura de policía separada del Cabildo y dependiente del gobernador del distrito federal hasta 1853 (Nacif Mina, 1986: 88). Por eso, lo que es posible encontrar en el AGN de México son fuentes de policía, que nos hablan de los modos en que diferentes agentes e instituciones ejercieron esa función.  

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Solo una posición de alteridad, construida en la práctica cotidiana de la investigación, me permitió entender las diferencias entre rastrear una función, distribuida en ocasiones entre muchas manos, y una institución centralizada. También los desafíos de observar las transformaciones sinuosas que las vincularon. En el día a día del archivo, pude observar que, como función del poder, la policía no estaba en un solo fondo; el diverso y vasto arco de documentación era a veces abrumador. Pero bien seguía la lógica de sobreimpresión de funciones en agentes e instituciones que caracterizó al Antiguo Régimen.

Aunque esto ya se había hecho patente para el trabajo documental hecho en Argentina, pues sólo el AGN tenía un fondo nominado como policía –no así el AHPBA donde también recuperé y procesé fuentes para nuestro estudio-, al abordar los documentos mexicanos esta constatación fue total. La organización archivística era muy diferente y es evidente que los modos de ordenar los documentos conservados en el AGN mexicano estuvieron condicionados tanto por la propia trayectoria del Archivo como por la historia institucional de la policía de la ciudad de México. En el caso de la policía de Buenos Aires, la conformación de un Departamento de Policía con una jefatura con proyección centralizada desde 1821 y el papel de esos jefes en las reformas institucionales de mitad del siglo XIX hicieron que esta institución reclamara como propia la documentación de la década revolucionaria. Al contrario, la dilación –relativa- en la organización de una policía separada del ayuntamiento de la ciudad de México y que hasta la mitad del siglo XIX no tuvo una cabeza única explica por qué las series documentales bajo el título de policía están en el archivo de la Ciudad y no en el de la Nación.

El estudio de la policía en estos espacios diferentes pero que compartían una cultura jurídica común ilustró tanto el hecho de que en ambos se recurriera al poder de policía para enfrentar la convulsión posterior a la crisis monárquica como el hecho de que esos ensayos policiales tuvieran derroteros distintos que luego se plasmaron en la conservación de su documentación. Algunos desafíos de esta experiencia pudieron ser sorteados a partir de una operación que diferenció dos tipos de fuentes – policiales y de policía- que solo analizadas de forma combinada pueden ayudar a dilucidar los modos de construcción paulatina y en ocasiones ondulante de la función de policía como institución. 

Las diferentes estrategias adoptadas dan cuenta de las características del trabajo en Archivos para el historiador: la persistencia, las muchas idas al Archivo, la vuelta, una y otra vez, sobre la bibliografía. Pero más aún, dan cuenta de la necesaria vinculación de quien historiza con una disciplina como la archivística, que se consideró muchas veces solo auxiliar, y que se repone, a partir de la experiencia situada, como un camino de salida ante el laberinto documental con el cual muchas veces nos encontramos.

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María Agustina Vaccaroni es Profesora, Licenciada y Magíster en Historia por la Universidad Nacional de Mar del Plata. Es Doctora en Historia por la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. Se desempeña como becaria postdoctoral del CONICET y como docente en la Universidad Nacional del Sur. Forma parte del INHUS, del CEHIS y del IHUMA-UNS. Es miembro del Grupo de Investigación en Historia de América (GIHA). Realizó estudios postdoctorales en El Colegio de México (agosto-octubre 2022). Su tesis doctoral titulada Los primeros policías de la ciudad de Buenos Aires. Funciones, materialidades y territorios (1772-1825), recibió IV Premio de Investigación Doctoral en Historia del Derecho en América Latina.

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[1] Algunos estudios de referencia ineludible (además de los ya citados) que reconstruyen la noción de policía en distintas geografías son Dubber (2004), Tau Anzoátegui (2004), Hernández Franyuti (2005), Sánchez León (2005), Rawlings (2008), Pulido Esteva (2011).

[2] Algunas de estas reflexiones fueron presentadas en el marco de la Charla “¿Fuentes policiales o de policía? Una mirada conjunta a los documentos de inicios del siglo XIX conservados en los archivos argentinos y mexicanos”, dictada en el Instituto de Investigaciones de Historia del Derecho, el 11 de mayo de 2023, en formato virtual.

[3] El acceso a la documentación mexicana fue posible gracias a la realización de una estancia postdoctoral en El Colegio de México, financiada por el CONICET. El proyecto fue desarrollado bajo la dirección del Dr. Diego Pulido Esteva en el Centro de Estudios Históricos de esa institución y se propuso reflexionar sobre la conformación y dinámicas de la Superintendencia de Policía organizada en la ciudad de México en 1811 y de la Intendencia de Policía establecida en Buenos Aires en 1812.  

[4] Ley 13.482/06, “Ley de unificación de las normas de organización de las policías de la Provincia de Buenos Aires”, art. 3, URL: https://normas.gba.gob.ar/documentos/xapPdi40.html (Consultado el 16/05/2024).

[5] “Una conciencia más profunda de la alteridad de los sistemas de poder, de las instituciones y del derecho”. (Trad. María Agustina Vaccaroni).

[6] “El más expansivo, menos definitivo […] de los poderes gubernamentales” (Trad. María Agustina Vaccaroni).

[7] Las alcaldías de barrio como parte de las reformas de los Borbones en sus territorios europeos y americanos han sido analizadas por autores como Mariluz Urquijo (1951), Serrano Ortega (2000), Marin (2003), Díaz de Zappia (2008), Casagrande (2015), Barriera (2017), Godicheau (2018).

[8] Vale decir que Brasil tuvo una Superintendencia de Policía desde 1760, de inspiración pombalina, mientras que en Chile se proyectó un Juez Mayor de Policía y una reestructuración de alcaldes de barrios, cuarteles e inspectores en la primera mitad de la década de 1810 -véase Holloway (1993), Bretas (1995), Palma Alvarado (2016), Abreu (2023)-.

[9] “El concepto de criminalidad se amplió considerablemente durante el siglo XIX. La sociedad colonial ninguna manera había sido totalmente respetuosa de la ley; para mediados del siglo XVIII, las autoridades urbanas tan alejadas como la Ciudad de México y Buenos Aires ya habían expresado serias preocupaciones por la seguridad pública”. (Trad. María Agustina Vaccaroni).

[10] “Historia del Archivo General de la Nación”, URL: https://www.gob.mx/agn/articulos/historia-del-archivo-general-de-la-nacion (Consultado el 08/05/2024).

[11] Es necesario recordar que el AGN de Argentina se reorganizó a fines del siglo XIX a partir del Archivo de la Provincia de Buenos Aires, creado en 1821 por Bernardino Rivadavia como forma de “asegurar el buen gobierno y garantizar la publicidad de sus actos” (Swiderski, 2023: 8). Swiderski también explica la razón de las divisiones Colonial” y nacional” del AGN como producto del giro historicista que permeó el desarrollo del AGN desde 1860 hasta mediados del siglo XX, primando así la clasificación temática y relegando la preocupación por el ciclo vital de los documentos y la custodia del principio de procedencia y orden original (2023: 15).

[12] Si bien hay un relativo orden temático en la composición de los legajos, en ocasiones hay papeles faltantes y “pequeñas joyas” como un conjunto de listados de presos portugueses que laboran en Ensenada en el medio de la guerra con el Brasil.  

[13] Aunque es el primer libro en donde leí sobre Órdenes Superiores de la policía, existen otros autores que han revisado con mucho detalle ese conjunto documental. Algunos de ellos son Abelardo Levaggi, Richard Slatta y Karla Robinson, Mark Szuchman y Diego Galeano.

[14] A diferencia de Buenos Aires, en Ciudad de México existía un esquema de garitas, esto es de puertas de entrada y salida de personas y bienes que tenían una función fiscal pero también policial, al menos en la década de 1810. Por su parte, el Real Tribunal de la Acordada, basado en las justicias de Santa Hermandad, se caracterizaba por su actuación sumaria y por el arresto de sospechosos en caminos y vías de comunicación.

[15] En ellas se distribuyen ciento quince grupos documentales que abarcan hasta el siglo XIX. El total de documentos suma mil cien metros lineales, de los cuales setecientos ochenta metros corresponden al periodo novohispano.

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