Pasado Abierto. Revista del CEHis. Nº22. Mar del Plata. Julio-diciembre 2025.
ISSN Nº2451-6961. http://fh.mdp.edu.ar/revistas/index.php/pasadoabierto
Héctor Pérez Martínez, Excélsior y el sistema tributario, 1939-1943
Fernando Soria Soria
Centro de Investigaciones Históricas y Sociales de la Universidad Autónoma de Campeche, México
Recibido: 12/05/2024
Aceptado: 10/07/2025
ARK CAICYT: https://id.caicyt.gov.ar/ark:/s24516961/pa4xbnnf4
Resumen
En esta investigación se realizó un estudio de las variables de fiscalidad y financiamiento público para el Estado de Campeche, una entidad del sureste mexicano, durante el gobierno estatal presidido por Héctor Pérez Martínez, de 1939 a 1943. En este proceso, se reconstruyen los proyectos económicos, enfocados particularmente en el campo, y los instrumentos empleados por parte de la administración, así como sus obstáculos, resistencias, y finalmente su contrastación por parte de las críticas vertidas de un diario capitalino, las cuales permitieron realizar un balance en conjunto de la gestión gubernamental. Al final, esta investigación acreditó que tanto la reforma tributaria como la política presupuestal de gastos fueron insuficientes y la primera terminó obstaculizando el programa gubernamental, con lo cual el gobierno de Pérez Martínez quedó en entredicho.
Palabras clave: prensa, extractivismo, chicle, sistema de participaciones federales
Héctor Pérez Martínez, Excelsior and the tax system, 1939-1943
Abstract
This research examined a study of the variables of taxation and public financing for the state of Campeche, an entity in southeastern Mexico, during the state government presided over by Hector Perez Martinez, from 1939 to 1943. This process reconstructs the economic projects, particularly focused on the countryside, and the instruments employed by the administration, as well as their obstacles and resistance. Finally, their contrast through the criticism expressed by a capital newspaper, which allowed for an overall assessment of the government's management. Ultimately, the investigation found that both the tax reform and the budgetary expenditure policy were insufficient, and the initial investigation ultimately hindered the government's program, thereby casting doubt on the Perez Martinez administration.
Keywords: press, extractivism, gum, federal participations system
Héctor Pérez Martínez, Excélsior y el sistema tributario, 1939-1943
Introducción
Este trabajo examina el proceso de modernización de un aspecto clave: el tributario, en el marco del proyecto de transformación económica campechana[1] ante su presunta recuperación, en un período de quiebre político, es decir, durante el gobierno que presidió Héctor Pérez Martínez[2] en el ejecutivo del Estado durante el cuatrienio de 1939 a 1943. Al respecto se parte de la hipótesis en relación a que dicho proceso tuvo por objeto impulsar un paquete de reformas en los ingresos tributarios, por las participaciones federales[3] y en los aprovechamientos[4] que redundaran en torno a la transformación económica que se impulsaba en su aspecto más notorio, esto es, las finanzas públicas campechanas.[5] Sin embargo, las críticas deslizadas por un rotativo capitalino, hacia el final de la administración de Pérez Martínez, empañaron el panorama halagüeño de la entidad, difundido por el gobierno estatal, debido al cuestionamiento al sistema tributario y a la gestión para el incremento de los caudales administrados por el gobierno.
En ese sentido, esta investigación argumenta que dichas reformas sólo concretaron avances parciales, especialmente en los amarres con la federación para obtener mayores ingresos del sector forestal extractivo, pero fueron incapaces de promover el apuntalamiento de otras actividades económicas y que, en definitiva, se ligaran al proceso de cambio económico sostenido en la dependencia directa e indirecta de la población, a partir de las actividades predominantes de extracción silvícola y su vinculación con el mercado capitalista internacional con la consecuente conformación de cadenas globales de mercancías tropicales, como lo fueron los tintóreos, las maderas finas y el chicle (De la Peña, t. II, 1942: 47, 249; Heuer, 1945: 11-22, 50-53; Sales, 1953: 57-59; De Vos, 1988: 205-206; Dzib, 2000:15-17, 29-38, 67-83; Vadillo, 1994, 2001, 2008:49-50; Pretel, 2020: 261, 299-302; Campos y Leyva, 2023:75-76, 81).
De manera que las actividades económicas extractivistas apuntalaron la economía regional campechana, y así el extractivismo entendido como la apropiación intensiva de las materias primas, en este caso forestales, sin procesamientos industriales (Gudynas, 2018: 62), operado desde la segunda mitad del siglo XIX y que para el período de estudio aquí propuesto, predominó la explotación del látex del árbol del chicozapote y fungió como el motor que dinamizaba la economía campechana, y venía vertebrando el presupuesto de gastos gubernamental estatal y de la mayoría de los municipios desde la década de 1920 (Soria, 2023). En ese sentido, el chicle mercantilizado y sus ciclos económicos ostentaban un referente imprescindible no sólo de los campechanos capitalinos, sino a nivel de toda la entidad y apreciado incluso en el ámbito internacional como una mercancía tropical de la periferia peninsular yucateca (Pretel, 2020).
De hecho, es durante el cuatrienio de Pérez Martínez que se registró el mayor auge en la producción y exportación chiclera, esto debido a cuatro factores: por un lado, el aumento de la demanda norteamericana incentivado por el conflicto bélico de alcance mundial de la época; dos, por un reordenamiento territorial que le permitió al Estado campechano recuperar una franja productiva para la extracción de la resina a partir de las conexiones políticas de Pérez Martínez con el cardenismo y sus sucesores presidenciales (Vadillo, 2000: 56); tres, el incremento en el número de recolectores propiciado por la plaga de langosta precedente;[6] y finalmente, la mayor concentración de la producción chiclera por la vía de transporte aéreo en el puerto capitalino campechano, desplazando las vías fluviales empleadas tradicionalmente en la zona de Carmen (Gobierno del Estado, 1943: 20; Heuer, 1945: 14, 16; Dzib, 2000: 32-33).
Al respecto, la apreciación por parte del oficialismo en cuanto al panorama económico estatal identificó un impasible extractivismo de las riquezas naturales, y simultáneamente la propia posibilidad de su reinvención encuadrada en alternativas modernas para el campo y la ciudad y no dependientes de los actos aleatorios de la explotación silvícola. Porque a decir de Pérez Martínez, previo a su inminente ascenso al ejecutivo estatal, afirmó: “Campeche es una dama venida a menos, recostada en el pasado como en un almohadón”.[7]
En una palabra, para el mandatario campechano, los ciclos del extractivismo desde que la entidad cobró su autonomía política, formalmente en 1863, habían concretado una sociedad subordinada al mercado exterior, por lo que se convino en la necesidad de poner las bases para la transformación económica. Un asunto no menor.
No obstante, existían problemas estructurales consistentes en la escasa población estatal, en su ubicación y en el empleo de técnicas de cultivos no modernizados,[8] con la presencia predominante del maíz, que impedían que el agro campechano relevara al extractivismo como pilar económico (De la Peña, 1942, t. I, 99-102 y t. II: 143; Uc, Dzib, Hernández y López, 2003: 146).
Asimismo, el gobierno estatal mandó realizar estudios agrónomos con el objeto de resaltar la conveniencia de promover otros cultivos como el arroz, el azúcar y la industria cocotera, pero la producción hacia la década de 1940 reportaba cifras modestas para el abasto de la demanda estatal (Ibarra, 1942) y se abrigaban escasas expectativas, salvo esta última, a la que se le proyectaba como sucedánea de la extracción chiclera ante la coyuntura bélica internacional, pero la producción campechana de la copra extraída del coco se hallaba en declive durante la época. En la imagen 1 puede apreciarse la producción dominante del territorio campechano durante el período de análisis.
Imagen 1: Producción dominante en el Estado de Campeche, 1942
Fuente: elaboración propia a partir de De la Peña (1942, t. I: sin paginar).
En conjunto, Pérez Martínez diseñó un proyecto de modernización agrícola que incorporó el plan de establecer un ingenio azucarero en Palizada, crear un sistema de riego en pequeño para las inmediaciones de la capital del Estado, y finalmente considerar de interés nacional el desarrollo económico de la región dominada por las vías ferroviarias entre la ciudad capital y el río Candelaria. Pero diversos factores y decisiones propias y del gobierno federal se eslabonaron para hacer fracasar dicho proyecto. Adicionalmente una situación similar padeció la aspiración por industrializar a la entidad. (Uc, Dzib, Hernández y López, 2003: 152-162).
A partir de este escenario, el gobierno de Pérez Martínez recalcó la relevancia del sistema tributario y su canal distributivo: el gasto público, esto es, los pilares de la hacienda pública campechana, que es precisamente una de las facetas decisivas de la identidad económica en reformulación, y que debido a la amplitud de la temática en esta investigación sólo se explora el reordenamiento de la economía pública dirigida por el gobierno estatal, sin desconocer, por supuesto, la gestión gubernamental para incentivar particularmente la riqueza de la agricultura territorial como se ha mencionado.
En este sentido, para fines de esta investigación se examinan primeramente los dos ejes planteados, por un lado, el andamiaje del sistema tributario cincelado por Pérez Martínez abonando las reformas más difundidas por su administración; enseguida, las gestiones con el gobierno federal para obtener una mayor sangría a partir de la actividad mono extractora chiclera, con el objeto de incrementar el presupuesto de gastos. Un segundo bloque confronta las denuncias presentadas por el periodismo capitalino en torno a dichos ejes con el objetivo de confirmar o no sus señalamientos.
En síntesis, se indagan dos aspectos que la historiografía regional no ha abordado, por un lado: la reforma tributaria comentada y las críticas deslizadas por el impreso capitalino al final de la gestión del mandatario aludido. En cambio, la retención de mayores ingresos producto del auge chiclero por parte de la administración pública estatal, ha tenido un tratamiento desde la historiografía política en el plano general (Uc, Dzib, Hernández y López, 2003: 143-144), aunque se ha prescindido de su importancia capital para promover una reinvención identitaria desde la esfera económica.
La reforma tributaria
“Con los cambios en el sistema de tributos se materializaba una aspiración central del gobierno de Pérez Martínez, consistente ésta en la restitución para el gobierno estatal como la figura rectora impositiva, ello implicó, sin duda, modernizar la estructura hacendaria para extirpar viejos privilegios y facultades. La reforma, además, posibilitaba colocar las bases en la reconstitución de la identidad económica desde una parte integrante de las finanzas públicas campechanas. Puede decirse que aquí se incorporaron los principales progresos en la materia, como el hecho de abolir el intrincado sistema alcabalatorio,[9] la rescisión definitiva a particulares para el cobro de diversas contribuciones y la expedición de una nueva norma hacendaria en junio de 1942, la cual fue incluso turnada a la consideración de la comisión permanente de la Segunda Convención Nacional Fiscal, organismo técnico de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Gobierno del Estado, 1943: 16). Era evidente que para el gobierno en funciones la reforma pretendía dotar de un nuevo rostro a la economía pública local, porque además identificaba a los campechanos frente a sus vecinos estatales y el resto de los mexicanos.
En ese sentido, la reconstitución del orden tributario debería partir primeramente de un aspecto externo clave, con el objeto de difundir un logro que otras entidades no habían concretado en la época, se dice externo precisamente porque las figuras alcabalatorias tenían resonancia nacional en las convenciones fiscales convocadas desde la década de 1920 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con representantes de todos los Estados de la República, y uno de los puntos sensibles era promover la extinción de dichos gravámenes. De ahí que el gobierno en funciones procedió con la supresión de las alcabalas, e incluso pagó planas en los principales diarios peninsulares para mencionar los cambios efectuados.[10] Además, la campaña que festinó el fin de las alcabalas financió páginas de una revista gubernamental para promover distintas actividades económicas en el territorio (Consejo Mixto de Economía Regional, 1942: 8-9).
Simultáneamente, la reforma se dirigió hacia la consolidación de la dirección tributaria del Estado, erradicando definitivamente a intermediarios entre las autoridades del Estado campechano y los causantes, una vieja práctica que propiciaba actos de corrupción y procedimientos discrecionales. Al respecto, era de dominio público entre los campechanos, por ejemplo, que existía un comité recaudador de impuestos alcabalatorios[11] independiente de los exactores oficiales. Pese al avance, no se desterraron viejas prácticas como la presencia del coyotaje en las inmediaciones de las oficinas de rentas, es decir, estos sujetos se aprovechaban de la ignorancia de los causantes y las engañaban con supuestamente iniciar o agilizar los trámites de los pagos impositivos, cobrándoles sumas mayores a las estipuladas y/u omitiendo los pagos tributarios respectivos.[12]
Finalmente, la nueva norma hacendaria expedida en junio de 1942 y con vigor a partir del siguiente mes, sintetizaba los trabajos técnicos y científicos encabezados por el economista regiomontano Moisés de la Peña (1942, t. II: 249-296). Se trataba de un instrumento legal de particular importancia debido a que regiría la vida tributaria y fiscal de los campechanos, y que tenía entre sus objetivos modernizar el sistema impositivo, una cuestión no menor ni mucho menos sencilla. Frente al cese definitivo de las alcabalas y la eliminación de los recaudadores externos, el andamiaje tributario incorporaba la posibilidad real de cimentar una nueva identidad económica, debido a que sus cambios operaban sobre la riqueza pública y podían a su vez estimular a ciertos sectores o bien imponer un gravamen desalentador. Aquí el gobierno de Pérez Martínez posee un indicador oportuno en torno a la presunta reformulación identitaria económica desde la vertebración impositiva. Entonces, la pregunta es ¿cómo y de qué manera la norma hacendaria puede promover o paralizar los cambios en la identidad de los campechanos?
En torno a lo anterior, resulta conveniente examinar el contenido de la norma. En consecuencia, para una entidad eminentemente agrícola como Campeche, es fundamental indagar primordialmente en las cargas que se aplicaron a los predios rústicos. Por ejemplo, el numeral 19 de dicha norma[13] contempló los sujetos que podrían quedar eximidos de dicho gravamen, en aras de promover a los sectores más desfavorecidos y alentar la exportación de los excedentes agrícolas, aquí llama la atención la fracción III de dicho artículo pues contempló a los productores de maíz y coco de agua, pero que tuvieran cultivado por lo menos el 50% de sus terrenos.[14] Es decir, para personajes de la época esto no podría ser más que complicado de cumplir para los pequeños campesinos, y ello se asoció con otras prácticas por parte de los recaudadores, en donde se acusó que el gobierno de Pérez Martínez aplicaba una fuerte carga impositiva sobre la ganadería[15] y mantenía un viejo impuesto detestado sobre la producción maicera, cereal alimentario fundamental en la dieta de los campechanos, todo esto fue difundido en la prensa local y el propio gobernador tuvo que salir con un desmentido, alegando que las cuotas eran ínfimas, lo cual era evidente (De la Peña, 1942, t. II: 316), pero no encuadraban con el poder adquisitivo campechano, además de que el impuesto a la producción maicera ya había sido recomendado para su supresión por el equipo de De la Peña (1942, t. II: 254) por las dificultades para su exacción.[16] Así, la contrarréplica apuntó lo siguiente:
“En ella me dice que he asentado falsedades al decir que hasta los dueños de establos causan el impuesto sobre el ganado. Esto lo dije porque así lo leo en la ley y los comentarios de los lecheros por los pagos que tienen que hacer por la visita y el racionamiento por cabeza del ganado de ordeña. Los dueños de establo, con la carestía de la pastura, se ven en dificultades, para la alimentación de sus vacas, pues algunos de ellos no ganan ni lo que gastan en alimentación. Además [la oficina de] Recaudación ha contado como establero al pequeño ganadero de las inmediaciones de la ciudad, y estos, naturalmente, más alarmados, se han opuesto al pago porque ellos son pequeños finqueros. De modo que, si la ley afecta a los lecheros, mi dicho no es una gravedad. Con respecto al gravamen de las milpas, si este impuesto a tiempo lo vienen pagando, es, a mi manera de sentir, una contribución injusta, porque es el maíz, es el primer alimento de nosotros los pobres.”[17]
Resulta notorio que los cambios introducidos en la ley hacendaria podían hacer la diferencia entre consolidar una actividad económica o propiciar su inestabilidad, porque de esta manera un campesino definiría entre continuar o no con los trabajos de su tierra o emplearse en otras labores. De esta manera, un hombre de campo se hallaba en la encrucijada ante la permanencia de las técnicas rudimentarias de cultivo, referidas líneas atrás, y un sistema impositivo poco alentador para la actividad agrícola.
En este punto, la reforma tributaria de Pérez Martínez alardeaba de los cambios introducidos, que sí eran efectivamente modificaciones necesarias en diversos apartados, tal como sucedió con el rediseño al impuesto a las ventas, y que pasó a nombrarse el gravamen al comercio y a la industria con cambios sustantivos referentes a la forma de pagar la cuota asignada para evitar una aplicación alcabalatoria. En contraste, sobrevivían las imposiciones en el medio rural referidas que impedían apuntalar el sector agrícola con visos a la remodelación de la identidad colectiva examinada, de donde precisamente cifraron sus esperanzas miles de familias del campo campechano, principal baluarte económico de la entidad.
En consecuencia, el rubro tributario como una las piezas medulares del gobierno de Pérez Martínez tenía defectos y aspectos que deberían de estudiarse pormenorizadamente. Pero debe reconocerse el avance legislativo impulsado por la administración desde que aquel periodista, literato y odontólogo arribó a la magistratura en 1939, sin embargo, estos puntos discutibles que prevalecieron en el texto legal llevarían a polemizar más adelante en torno a la configuración de la política fiscal y financiera. Es precisamente este último ramo uno de los principales que fueron atendidos y promovidos en aras de tener repercusión sobre la economía pública y en la identidad campechana que se intentaba forjar.
Más ingresos para el gobierno
Frente a las escasas posibilidades de que la reforma tributaria brindara el soporte financiero para el gobierno en turno, la administración de Pérez Martínez tenía conocimiento que las gestiones para obtener mayores recursos monetarios para la entidad promoverían su capital político, y proporcionarían la llave para comenzar a materializar varios de los proyectos postergados. Al respecto, los estudios oficiales concurrían en la opinión de que eran escasos los beneficios en la explotación chiclera “habiendo dejado solamente una huella de ruina y miseria”.[18]
Ante este panorama, el gobierno de Pérez Martínez consideró que era oportuno capitalizar el auge chiclero, y para ello ya se reportaban beneficios fiscales para la entidad desde que se federalizó el impuesto sobre la resina en 1936, así el erario campechano era receptor de los rendimientos de participaciones federales por la explotación de acuerdo con la ley del impuesto sobre la explotación forestal, que databa del período cardenista, concediendo un 30% para el tesoro estatal y un 20% para los municipios de dichos rendimientos.[19] Durante esos años, previos al arribo de Pérez Martínez a la magistratura estatal, estos ingresos proporcionaron un bálsamo para la hacienda pública urgida de fondos. Sin embargo, para captar una mayor derrama por este concepto, el titular del ejecutivo, desde el inicio de su cuatrienio, gestionó ante el presidente Lázaro Cárdenas, luego de una batalla para poder entrevistarlo (Uc, Dzib, Hernández y López, 2003: 133-134), y pudo concretar una adición a la referida ley, fijándose así la participación sobre chicles y maderas preciosas en razón de los kilogramos explotados,[20] de esta manera el mandatario preveía el período de bonanza.
A la par, el gobernador amarró un subsidio que ingresó al erario por el canal de los aprovechamientos,[21] y éste quedó reforzado mediante convenio con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el 23 de enero de 1942, por el cual la entidad percibiría 10 centavos por cada kilo de la resina explotada en el territorio (Uc, Dzib, Hernández y López, 2003: 139); este se acrecentaría a los 20 centavos perdurando hasta el final del mandato de Pérez Martínez.
Aunado a lo anterior, otra serie de disposiciones y circunstancias no menores,[22] más la reincorporación referida líneas atrás de una franja territorial productora de la goma (Gantús, 2015: 219), contribuyeron en definitiva para que el instrumento presupuestal de gastos para la entidad escalara de los modestos 612,208 en 1940, a una cantidad superior a 1,770,000 pesos en el último año de su gestión (Uc, Dzib, Hernández y López, 2003: 140-141). De esta manera, haciendo un balance, podría decirse que el gobierno de Pérez Martínez capitalizó el auge chiclero experimentado durante el período que coincidió con el gobierno que le tocó presidir.
Así, como puede apreciarse en el cuadro 1, se identifica que la derrama chiclera, en conjunto entre aprovechamientos y rendimientos por participaciones federales, representaba un porcentaje superior de los ingresos captados por el erario estatal, con una notable presencia figuró como un pilar robusto y minimizaba los esfuerzos de la reforma tributaria, lo que redundó en la incapacidad gubernamental para impulsar las imposiciones patrimoniales, especialmente, las cuales eran insignificantes frente a estos números (Gobierno del Estado, 1943: 20).
Cuadro 1: Ingresos estatales y derrama chiclera, 1939-1943.
Pesos corrientes en términos nominales.
Período | Ingresos totales | Subsidio | Participaciones por explotación de bosques nacionales | Sumatoria de subsidios y participaciones | % de la derrama chiclera del total de ingresos |
Existencia (1° septiembre, 1939 | 58,484.39 | ||||
Septiembre-diciembre, 1939 | 315,549.91 | 118,771.08 | 118,771.08 | 37.64 | |
1940 | 1,844,366.03 | 270,663.67 | 358,327.51 | 628,991.18 | 34.10 |
1941 | 1,880,132.41 | 323,696.59 | 539,398.29 | 863,094.88 | 45.91 |
1942 | 2,468,609.64 | 446,638.07 | 795,809.74 | 1,242,447.81 | 50.33 |
Enero-mayo, 1943 | 1,547,957.58 | 258,104.34 | 333,504.84 | 591,609.18 | 38.22 |
Totales | 8,115,099.96 | 1,299,102.67 | 2,145,811.46 | 3,444,914.13 | 42.45 |
Fuente: Gobierno del Estado, 1943: 16,19,20. Nota: el cuadro 2 presentado por Uc, Dzib, Hernández y López, 2003: 144, contiene errores en las cifras presentadas; por otro lado, no se presentaron los datos de cada informe anual con el objetivo de reconstruir un cuadro debido a que las fechas no permiten periodizarlo sin traslapes. Tampoco se incorporaron los datos de De la Peña, 1942, t. II: 251-252, para así poder apreciar la captación de ingresos específicamente del gobierno de Pérez Martínez.
La palanca financiera a partir del extractivismo chiclero, y por lo tanto los ingresos fiscales inéditos derivados del período de auge posibilitaron que la entidad campechana considerara la reinvención de su identidad económica, justamente en un momento de quiebre político a partir del gobierno de Pérez Martínez, período que fue proclamado por él mismo como una etapa en la que cesaron los viejos cacicazgos que obstaculizaban el progreso, debido a la presunción de que dichas administraciones sustraían recursos públicos para sus fines personales.[23]
Por lo visto, desde el plano de las finanzas públicas, se intentaba labrar una imagen distinta de los campechanos, aquella en la que como poseedores de un sector extractivista que desplazaba directamente 8,000 trabajadores hacia 1943, de donde dependían sus familias, e indirectamente tanto el comercio mayorista, las compañías de transportes aéreos, marítimos y ferroviarios: “al chicle deben su movimiento y sus ganancias” (Gobierno del Estado, 1943: 75), podrían entonces reservar la riqueza derivada por la explotación de la resina, modulando de esta manera la producción por medio de la intervención del mencionado comité para el fomento (Gobierno del Estado, 1943: 76). Con ello se esperaba que la riqueza forestal encontrara un punto de restauración ante la depredación del extractivismo, pero su principal fin consistió en abrir la posibilidad para que la población trabajadora incursionara gradualmente en otras actividades, una tarea complicada ante la situación del agro referida y la ausencia de industrias instaladas.
En ese sentido, el empleo del instrumento presupuestal de egresos, que se incrementó año con año durante el cuatrienio, era el medio que el gobierno publicitó con el ánimo de divulgar una reorientación en la política estatal y por consiguiente en el plano de la identidad económica campechana en su faceta más notoria: los caudales públicos. Este era pues el panorama que afrontó Pérez Martínez, por un lado ante la necesaria reforma tributaria, pero que no permitiría obtener beneficios en el corto plazo, y por el otro extremo la importancia de estrechar acuerdos con el gobierno federal para así aprovechar fiscalmente la explotación chiclera de la época, esta última se concretó y permitió visualizar los beneficios durante su mandato a diferencia de la reestructuración impositiva, si bien esta última se difundió como un avance en diversos rubros, como por ejemplo la supresión de las alcabalas como símbolo del fin de algo anquilosado que impedía el progreso debido a que era un obstáculo a la circulación mercantil, y que por ende no favorecía el asentamiento de capitales foráneos en la entidad.
De ahí que la reconstrucción de la identidad económica local demandaba una proyección mayor, y en ese sentido el capítulo de la economía pública por medio de las variables tributaria y de las finanzas públicas se hallaba ante los reflectores del escrutinio público y el cuestionamiento al trabajo realizado, del cual y pese a los avances reconocidos socialmente y celebrados por el gobierno de Pérez Martínez, no estuvieron exentos de controversias.
La polémica levantada por Excélsior cimbró un gobierno, pero también permitió reevaluar el programa aplicado
Durante el gobierno de Pérez Martínez se publicitaron por los principales medios impresos peninsulares, “El Diario de Yucatán y El Diario del Sureste”, no sólo los tradicionales informes anuales de agosto, sino también se procuró divulgar los logros de la administración.[24] Simultáneamente para poder solemnizar la figura de respeto del mandatario invulnerable a la sátira o al descrédito popular, véase al respecto la imagen 2, la mencionada prensa permitió la difusión de notas que ilustraran sobre la honestidad del joven gobernante, en un afán por marcar la diferencia con sus antecesores. Así, haciendo un balance su gestión, de Pérez Martínez se dijo que “supo o tuvo la suerte de rodearse de los menos malos […] pues su Gobierno ha repartido con mano pródiga, dinero en abundancia, hasta para las aldeas y rancherías más alejadas del centro […] sin lo cual, mucho de ese dinero […] se hubiese desviado a las Lomas de Chapultepec […]”.[25]
Imagen 2: Rostro de Pérez Martínez reconocido por la prensa peninsular
Fuente: Cabral (2 de febrero de 1943). El Sr. Gobernador. Diario de Yucatán. HNM.
Esa imagen laureada del mandatario estatal, forjada durante su cuatrienio al frente del ejecutivo, se enfrentó, y debió sortear con la ayuda de los referidos rotativos, dos editoriales del capitalino Excélsior, redactadas por el regiomontano Rodrigo de Llano, un periodista consolidado que dirigía el impreso en su segunda etapa al mando, y que a la par conocía y tenía contactos desde décadas atrás con los medios norteamericanos (Burkholder de la Rosa, 2009: 1388-1389), en ese sentido De Llano tenía conocimiento que la entidad campechana dependía económicamente de la demanda chiclera emitida por las firmas especulativas norteamericanas, pero además rebatió en la contrarréplica a Pérez Martínez con un libro editado por su propio gobierno, el texto de De la Peña (1942).
La crítica aplicada por De Llano en su primera editorial[26] apuntó, en primer plano, al incremento del presupuesto de egresos para la entidad, aquí el objetivo consistió en desinflar las “apologéticas declaraciones” de Pérez Martínez. En este punto, De Llano argumentó que el aumento de este reglón no correspondió con “un mayor desarrollo de las actividades productoras de riqueza”. Para el periodista, el gobierno vitoreaba las cifras inéditas para el gasto en la entidad como un símbolo de bonanza y repunte económico en la demarcación, pero se trataba de un espejismo, y no equivalían a propiciar la reformulación de la identidad económica colectiva campechana en absoluto supeditada al extractivismo de los bienes forestales.
Es decir, De Llano aterrizó una cuestión más profunda: ¿cómo el gasto público podría coadyuvar en remodelar la identidad económica vigente? Más exactamente cuestionó: ¿por qué triplicar el presupuesto de gastos?, si la entidad sobrevivía previamente antes del arribo de Pérez de Martínez con un nivel de egresos inferior a los 800,00 pesos al año, con un crecimiento poblacional ralentizado desde la erección constitucional del Estado, y “cuya vida económica gravita exclusivamente sobre la rudimentaria explotación de la tierra y de los productos del mar”.
El segundo rubro que tocó De Llano examinó la losa impositiva sobre los causantes, y aquí el autor identificó la presencia de “onerosos y duplicados impuestos que gravan la mezquina agricultura campechana”. En ese sentido, el regiomontano proponía eliminar dichas figuras tributarias con el propósito preparatorio para promover el desarrollo de dicho sector, ante la presencia de un presupuesto robustecido por circunstancias que consideró transitorias y accidentales, como el incremento en los precios de chicle o la construcción de diversos tramos del ferrocarril del sureste. Remató, con lo siguiente: “Porque en Campeche los agricultores tienen que pagar un doble impuesto: uno que gravita directamente sobre la tierra, y otro, que se aplica al producto de las cosechas. Y esto es bastante para explicar la ruina de su agricultura”.[27]
Frente a tales planteamientos que ponían en entredicho la gestión del gobernante, desde luego, la repuesta de Pérez Martínez no se hizo esperar. Al respecto, la réplica intentó eludir el asunto de fondo consistente, esto es, 1) en que permanecían tributos sobre el agro que previamente se recomendaron suprimir, de acuerdo con el trabajo técnico de De la Peña (1942) citado, y que el hecho de elevar el presupuesto de gastos apalancado en el auge chiclero, prolongado además por el conflicto bélico internacional, debió promover el derribo final de tales gravámenes; y 2) que la administración que encabezó Pérez Martínez, pese a la reforma tributaria aplicada en 1942 y publicitada como símbolo de la modernidad porque al fin demolió las alcabalas, acreditó que su gobierno era débil financieramente en el ámbito doméstico y que en adelante sobreviviría de los convenios celebrados con la federación a partir de ingresos sobre el extractivismo forestal, y que presuntamente se combatía desde el gobierno estatal, o por lo menos se moduló su explotación.
En cambio, el mandatario se enfiló en refutar a De Llano con el argumento de que el gobierno supuestamente “ha acudido al procedimiento de duplicar impuestos que gravitan sobre la agricultura del Estado”,[28] esto con el ánimo de evitar analizar que estas cargas tributarias databan de un período anterior a la reforma de 1942, y de esta manera Pérez Martínez cómodamente barajeó las imposiciones que gravaban el agro: a) sobre la producción de maíz; b) de coco en agua y copra; c) producción henequenera y d) ganado bovino. Para el caso del primero, afirmó que se hallaba suspendido temporalmente debido a la plaga de langosta, pero que en “épocas normales”, toda la producción que incluya los incisos a), b) y c), a excepción de la copra, desde luego, se les estimulaba eximiéndolas del gravamen territorial o predial siempre y cuando tuvieran dedicados el 50% de sus tierras a dichos cultivos.
De esta forma, Pérez Martínez apuntó que la duplicidad impositiva no aplicaba para la entidad y a la que más bien se le debería calificar como “generosa”, agregando que a la producción pecuaria se le exceptuaba del pago predial cuando el productor sostenía una cabeza por cada 30 hectáreas. Finalmente, con la astucia que distinguía a Pérez Martínez, y con ese talento,[29] una vez que pudo eludir los asuntos principales, pasó a interpelar a De Llano así: “¿De dónde saca, pues, su editorialista, que el Gobierno del Estado exacciona a los agricultores?”.
Por su parte, la contrarréplica por parte de De Llano, no pudo ser más severa:
“[…]señalábamos la peligrosa deformación de criterios que padecen ciertos gobernantes, que confunden e identifican la situación del país por ellos gobernado, con la de la tesorería de su administración, y cifran su orgullo en haber aumentado los ingresos de ésta, aun cuando el pueblo esté en la miseria y la agricultura y la industria no puedan alcanzar fuerza y vida propias, porque se lo impiden los impuestos excesivos que las agobian […]”.[30]
Dicha respuesta editorial focalizaba los problemas de fondo referidos. También, incorporó una objeción a cada una de las figuras tributarias, con el objetivo de comprobar la presencia de imposiciones agrícolas duplicadas, esto es, que gravaban tanto la producción de las cosechas en el campo como a la propiedad rústica. Para el caso del maíz, esgrimió que pese a esta suspendido, transitoriamente, el gravamen sobre la producción no dejaba de existir, y que por otro lado la supuesta exención del impuesto territorial:
“[…] no pasa de ser una broma de gusto muy dudoso, pues no hay en Campeche milpero que pueda sembrar de maíz en un año más de la décima parte del terreno de que puede disponer, porque allí una o dos siembras de este cereal bastan para agotar la fertilidad de la tierra, la cual necesita permanecer inculta de diez a quince años para recobrarla. Y así, el agricultor que para librarse del impuesto predial sembrase anualmente con maíz el cincuenta por ciento de sus tierras, al cabo de tres o cuatro años, tendría que dejarlas incultas y resignarse a perderlas, o reanudar el pago del impuesto predial y seguirlo pagando años tras año, aunque nada le produzca su propiedad”.[31]
Evidentemente, se puede advertir en el anterior párrafo que De Llano poseía conocimiento pleno de la técnica agrícola en torno a la economía agrícola maicera. Así, sin citar expresamente el libro de De la Peña (1942, t. I: 101), financiado por el gobierno campechano, el editorialista refutó al mandatario. Asimismo, cuestionó el gravamen sobre la producción de coco de agua y copra a partir de sus deficiencias en el sistema exactor, es decir, que se realizaba efectivamente el pago no con base en las utilidades reportadas sino en una estimación fiscal,[32] a la cual también enderezó una crítica: “que toda palma de coco de más de ocho años de sembrada debe estar ya en plena producción, aun cuando en muchos casos esto no sea verdad”. Aunque, esta afirmación del periodista no era del todo correcta, pues los cocoteros producían frutos al séptimo año, en una media de las diversas variantes (De la Peña, 1942, t. I: 126). También, intentó manifestar que para el cobro de dicha carga no se hacía ninguna deducción de plantas enfermas o simplemente improductivas, pero la propia legislación sí contempló esta sustracción para efectos de definir la cuota tributaria.
Por último, resaltó el apunte de De Llano, que pretendió cerrar la pinza condenatoria en el afán de acreditar su hipótesis de que los impuestos excesivos impedían el desarrollo de la entidad, y aquí sí el periodista citó un párrafo textual de De la Peña (1942, t. I: 63), el cual es el siguiente:
“Hasta estos momentos toda la grande y mediana propiedad en Campeche (se refiere a la propiedad rural), con excepciones mínimas, se halla en completo estado de ruina; los antiguos propietarios ya no lo son, o si mantienen sus derechos, éstos son nominales, porque debe, POR CONCEPTO DE CONTRIBUCIONES, sumas que sobrepasan al valor comercial actual, casi nulo, de sus antiguas fincas […]”.[33]
Sin embargo, el autor aludido se refería a un proceso de larga data, con antecedentes por el frenesí de explotar amplios terrenos para el cultivo henequenero desde 1905, pero que una vez que el movimiento revolucionario liberó a los peones se fue perfilando el abandono de dichas concentraciones territoriales, lo que sumado al fracaso campechano de competir con la producción del agave yucateco por diversas razones,[34] y todo esto asociado a la inactividad de otros predios que eran dedicados a la producción pecuaria y de aguardiente desde el siglo XIX, fue promoviendo en definitiva dicho proceso de desvalorización de la propiedad rústica, específicamente de dimensiones entre más de las 10.000 hectáreas, donde se podrían localizar los latifundios, e inferiores a dicha cantidad, donde se ubicaría la mediana propiedad (De la Peña, 1942, t. I: 62-65). Es decir, De Llano evitó deliberadamente contextualizar el proceso y no aclaró que varias fincas tenían rezagos en el pago de sus contribuciones prediales desde un largo tiempo atrás, y que para algunos poseedores fue imposible pagar las cuotas exigidas debido a la desvalorización de sus inmuebles. En consecuencia, el periodista exhibió la presencia de imposiciones territoriales que no correspondían con el valor comercial actualizado, por lo menos en el ámbito rural, y que por lo tanto gravan la agricultura campechana y “han contribuido a su ruina”.
Al final de su editorial, De Llano condensó su crítica vertida con la frase: “Y de que no hay motivo para envanecerse de haber triplicado el presupuesto fiscal en cuatro años de gobierno, si este aumento no corresponde a un proporcional desarrollo de la producción y de la riqueza en el Estado”.
Desde luego, la inminente respuesta por parte del ejecutivo de Campeche, la cual se hizo extensiva en el informe gubernamental de agosto de ese año de 1943, donde rechazó los argumentos de De Llano y ahí el gobernador recalcó: “que se mire la inconsistencia de esos ataques hechos […] escudándose en la ninguna ética de ciertos periódicos” (Gobierno del Estado, 1943: 14). Si bien, el mandatario esquivó profundizar en la cuestión medular: el asunto de los presupuestos y con este talante desvió la atención presentando en su informe anual datos de los rendimientos anuales de los tributos sobre la agricultura, con el fin de demostrar que esos ingresos menores no eran el origen para el financiamiento presupuestal de la obra pública de su administración, y que consecuentemente no se le exprimía fiscalmente a los agricultores y ganaderos.
Es conveniente mencionar que durante dicho período de junio a agosto de 1943, el gobernador sumó además el espaldarazo por parte de las ligas de comunidades agrarias, pero también de ciudadanos que no se desempeñaban como funcionarios estatales y telegrafiaron al gobierno federal para mostrar su respaldo a Pérez Martínez, así como del presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, la asociación de productores de chicle del sureste, la federación de trabajadores, el sindicato de docentes en la entidad, la cámara nacional de comercio del Estado, y la prensa peninsular,[35] todos ellos descalificaron[36] los editoriales por parte del capitalino Excélsior, a la que denominaron prensa “sectaria”, o que “patrocina la reacción”, o por difundir “malévolas versiones propala periódico”, y por orquestar en conjunto “una tendenciosa y sistemática campaña” contra la imagen de Pérez Martínez.
Frente a este escenario, resultó innegable que la crítica periodística había colocado sobre la palestra un problema de alcance profundo. Más allá de los intentos por parte de los contenciosos de evitar los bordes de puntos sensibles, para fines de esta investigación la polémica suscitada es relevante historiográficamente porque permite reexaminar el final de una administración estatal, y porque proporciona suficiente luz para estudiar la presunta reformulación de la identidad económica campechana.
Consideraciones finales
El final del gobierno de Pérez Martínez demandó un necesario balance de su gestión como jefe de la administración estatal. En primer lugar, es menester precisar que la reforma tributaria tan promocionada resultó incompleta y debe resaltarse que varias de las recomendaciones del equipo técnico de De la Peña (1942) no se aplicaron durante su mandato, como se ha podido identificar para el caso de diferentes tributos sugeridos para su eliminación, pero vigentes e incluso positivizados en la nueva ley hacendaria expedida durante su gobierno.
En un segundo nivel, debe considerarse que los gravámenes sobre la agricultura, pese a sus cuotas bajas y las propias dificultades para su exacción que favorecían la evasión fiscal, terminaron desalentando el despegue de las actividades sobre el agro, atrasado además en sus técnicas de cultivo como se ha referido, lo cual propiciaba que la población continuara dependiendo de las actividades extractivistas, todo ello como un efecto contraproducente y que en vez de que dicho esquema tributario a la baja permitiera promover dicho sector lo inhibía.
En un tercer plano, descolló la cuestión del presupuesto de gastos, el cual aumentó considerablemente en un período de cuatro años y permitió proyectar una imagen de crecimiento económico para la entidad, pero que evidentemente sólo reflejó el auge chiclero de la época, con una captación fiscal notoria, o más justa del reparto concurrente en que se gravó dicho bien, a partir de las gestiones personales de Pérez Martínez ante los presidentes de la República para propiciar una mayor derrama fiscal para la entidad.
Finalmente, resultó patente que pese a dicho incremento presupuestal, el gobierno de Pérez Martínez mantuvo la política fiscal sobre una agricultura atrasada, en vez de liberarla de varios de sus gravámenes en aras de su modernización, pese a que la administración tenía en ese momento la posibilidad de contribuir para que dicho sector económico se revitalizara, pues el registro de ingresos obtenidos por las participaciones federales y los subsidios fueron inéditos y permitían suprimir dichas cargas.
Es más, luego de que quedó acreditado por la crítica del diario capitalino que la causal de exención del pago del predial rústico resultaba difícil, o por no decir imposible de cumplir para la mayoría de los hombres del campo, el argumento central de De Llano se demostró: a) existía un gravamen sobre la propiedad rústica que no se podía eximir de forma tan sencilla, a no ser que se tratara de una minoría selecta de grandes tenedores de la tierra con recursos financieros, y esto contribuía enormemente en desalentar la producción agraria. Además, el gravamen territorial no logró despuntar como un reglón significativo de los ingresos tributarios durante el cuatrienio, esto debió promover a las autoridades para ensayar diversas estrategias, una de ellas incluso consistía en la suspensión provisional del tributo con el objetivo de fomentar las actividades en el campo, a partir de las capitalización de la explotación chiclera y su período de bonanza, y con el fin de destinar una hipotética partida presupuestal para actualizar los valores de los catastros existentes. Y, por otro lado, se confirmó por parte del rotativo que: b) se aplicaban viejos impuestos sobre el producto de las cosechas.
De ahí que, desde esa visión de conjunto, el editorialista de Excélsior cuestionó la campaña publicitaria de Pérez Martínez que ensalzaba el incremento presupuestal como símbolo de la prosperidad material y, a la par, promotor en el cambio de la identidad económica campechana. Para la primera opción, era evidente que no existía relación alguna entre el presupuesto de gastos como reproducción de las condiciones económicas de los campechanos. Incluso podrían ponerse en entredicho varias de las obras inauguradas por el mandatario campechano y someterse a un análisis específico, que en este trabajo debido a su extensión no es posible profundizar en materia del gasto ejecutado, pero sí por lo menos incorporar que existían voces críticas contra Pérez Martínez que aseguraban lo siguiente:
“las escuelas y caminos los costeó la Federación, pero los inauguraba Pérez Martínez con bastante bombo. Todo ha sido un bluff (montaje) para la gente de fuera, pero los habitantes del Edo. (Estado) viven un ambiente de miseria. No hay cultivos ni grano ni productos, solamente el chicle se explota […] Todos los partidos [..] están en condición desesperante y llenos de contribuciones. Tuvo muchos ingresos el gobierno del Estado de Pérez Martínez, pero todas las inversiones fueron disparates por falta de preparación económica”.[37]
En cuanto a la segunda vía, esto es, la promoción de la mutación en la identidad económica campechana, puede decirse que la presunta reinvención de la faceta estudiada, desde la economía pública a partir de mayores ingresos para la dotación de un presupuesto de gastos en crecimiento y de una publicitada reforma tributaria, no permitió que la población campechana promoviera un proceso de desmantelamiento de una identidad económica dependiente directa e indirectamente de las actividades extractivistas, específicamente de la explotación chilera durante el período de análisis.
En consecuencia, quedó en evidencia que la identidad económica campechana continuó ligada a los ciclos comerciales de la referida goma, incluso más firmemente en el cuatrienio explorado. Dicho autorreconocimiento social no equivalió a un destino inamovible, sino que esta investigación identificó los mecanismos y medios empleados para reelaborar una identidad económica: que de depender de los dictados del mercado primario, más bien se imaginó como una colectividad de agricultores ajenos al extractivismo forestal, actividad que por siglos brindó identidad a los campechanos como símbolo de un despojo, de miseria, de sujeción laboral con métodos violentos y de que finalmente los beneficios materiales no se asentarían en el territorio ni sus habitantes obtendrías los beneficios de las riquezas de su propio suelo. De esta suerte, la identidad económica campechana que se intentó moldear respondió a un interés manifiesto por parte de la administración estatal, su objetivo por diversificar las actividades en el campo y su afán por intentar controlar la explotación forestal, no obstante, se enfrentó con los obstáculos abordados por esta investigación.
Referencias bibliográficas
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Fernando Soria Soria es Doctor en Historia por el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. Se desempeña como profesor investigador en el Centro de Investigaciones Históricas y Sociales de la Universidad Autónoma de Campeche. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, nivel candidato. Sus líneas de investigación se vinculan con la historia económica y de la fiscalidad. Ha publicado textos dictaminados para libros y revistas que han puesto en relevancia el estudio de la fiscalidad en el sureste mexicano, siglos XIX-XX.
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[1] Campeche es una entidad política mexicana constituida como Estado libre y soberano desde la segunda mitad del siglo XIX, ubicada en el sureste específicamente en la porción occidental de la península de Yucatán.
[2] Descendiente de la familia Martínez Alomía, una de las estirpes intelectuales y políticas distinguidas de la entidad campechana. Por otro lado, se indica que es un período de quiebre político debido a que Pérez Martínez promovió el fin de los cacicazgos políticos en la entidad, y tanto él a partir de su figura política como sus antecesores y sucesores se hallaban vinculados con el partido oficial hegemónico producto del movimiento revolucionario y gobernante en el país, al ser creado como Partido Nacional Revolucionario en 1929 y transformado durante el cardenismo en un instituto corporativista, de esta manera nació el Partido de la Revolución Mexicana en 1938. Además, con el arribo de Pérez Martínez a la gubernatura se consolidó la tradición política consistente en que no bastaba forjar una trayectoria local para escalar a la primera magistratura estatal sino sería necesario amarrar conexiones y compromisos con el grupo del titular del ejecutivo federal en turno (Vadillo, 2000: 44).
[3] Se trataba de convenios entre el gobierno federal y los Estados, en donde estos últimos cedían el gravamen para la potestad del primero y a cambio las entidades obtenían un porcentaje de los rendimientos del tributo. Para el caso campechano, estos databan para el apartado forestal desde 1936, por ser la principal base de los ingresos públicos campechanos.
[4] Se clasificaron en la época como aprovechamientos, los demás ingresos que no eran impuestos (prestaciones fijadas unilateralmente por el Estado de carácter obligatorio), derechos (contraprestaciones en pago de servicios administrativos) o productos (ingresos por el uso, aprovechamiento o explotación de los bienes patrimoniales estatales o por actividades que no corresponden al desarrollo de las funciones propias del Estado). Al respecto: Ley de Hacienda del Estado de Campeche (27 de junio de 1942). Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Campeche. Hemeroteca Nacional, México (en adelante HNM).
[5] La base analítica parte de considerar a la fiscalidad y su representación en las finanzas públicas no como el motor de la economía campechana en cuestión, pero sí como signo de su despliegue, una consecuencia de su evolución y, en cierta medida, una causa de su desempeño, véase al respecto Pérez (2023: 27).
[6] El fenómeno imposibilitó la conservación de árboles de chicozapote, como pretendió el gobierno de Pérez Martínez para la temporada 1941-1942, pues ante la plaga los productores de temporal se sumaron a los recolectores chicleros, computándose más de 8,000, véase Uc, Dzib, Hernández y López (2003:143).
[7] Habla el Dr. Pérez Martínez. (29 de septiembre de 1942). Diario del Sureste, p. 6. HNM.
[8] El procedimiento, a partir del legado maya, consistió en hacer la tumba, quemar y rozar el bosque, para después sembrar a estaca, de esta manera se tenían cosechas menguadas que obligaba a los campesinos a abandonar la tierra, debido a que se consideraba que el terreno estaba exhausto. Ver Archivo General de la Nación, México (en adelante AGN), Manuel Ávila Camacho (en adelante MAC), caja 716, exp. 544.2/3. Ver también Sales (1953:59, 61).
[9] Una carga sobre el tráfico comercial que era inconstitucional y que reapareció por diversos motivos en varias entidades del México posrevolucionario, especialmente como medio de defensa y protección del comercio y las industrias domésticas, así como ante el avance del proceso de federalización impositiva.
[10] El Estado de Campeche suprime las alcabalas. (15 de febrero de 1942). Diario de Yucatán, p. 6. HNM.
[11] AGN, Dirección General de Gobierno (en adelante DGG), ramo 2.127.1.(2), caja 1135, exp. 9.
[12] Explotadores en actividad. (28 de julio de 1942). Diario del Sureste, p. 2. HNM.
[13] Ley de Hacienda del Estado de Campeche. (27 de junio de 1942). Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Campeche, p. 4. Archivo General del Estado de Campeche (en adelante AGEC).
[14] Más adelante los artículos 60 y 61 fracción IV de la citada ley refrendaron dicha disposición.
[15] Para el ganado bovino específicamente se aplicó una cuota del 5% sobre el valor de las existencias de cabezas y en razón de la edad de los semovientes. Artículos 64 a 66 de la ley de la materia. Los pagos los haría todo propietario a partir de las 10 cabezas de bovinos. En cambio, las explotaciones ganaderas pagarían el 10% a partir de los valores sobre existencias de reses y edades especificado. Así, por ejemplo, un poseedor de 10 vacas, que es el mínimo para ser sujeto del gravamen, entre uno y dos años debería pagar anualmente 10 pesos; y si se dedicaba específicamente a la explotación pecuaria, el monto ascendía a los veinte pesos con ese mismo número. Una reforma posterior asignó la cuota de 20 al millar sobre el valor fiscal de las existencias, lo cual haría el pago de sólo 4 pesos sobre las hipotéticas 10 reses valuadas en 200 pesos.
[16] Para el impuesto a la producción de maíz se debía pagar a razón del 5% del precio local en tiempo de cosecha. El fundamento en el artículo 59 de la norma hacendaria; ver, además: Sales, 1953: 105. También se encontraba vigente el impuesto henequenero, el cual fue recomendado previamente para su eliminación por antieconómico (De la Peña, 1942, t. II: 253).
[17] Ruiz, Francisco (25 de agosto de 1942). Si los sabios no erraran, qué desesperación para los tontos. Cuando los justos gobiernan, el pueblo se alegra. Fraternidad. Órgano del club de pensadores y de las fuentes vivas del Estado, p. 7.
[18] AGN, Lázaro Cárdenas (en adelante LC), caja 1024, exp. 564.2/11.
[19] Ley del impuesto sobre la explotación forestal (31 de diciembre de 1935). Diario Oficial de la Federación, p. 1560. Por su parte, Uc, Dzib, Hernández y López (2003: 138), apuntaron que la recaudación estatal y municipal era “infinitamente inferior a la recaudación federal”, pero en realidad sólo se llevó el 50% por este rubro.
[20] Decreto que reforma la Ley del Impuesto Sobre la Explotación Forestal (Participaciones sobre el impuesto al chicle). (10 de noviembre de 1939). Diario Oficial de la Federación, p. 3.
[21] De acuerdo con la nueva legislación hacendaria de 1942, se conceptuaban como aprovechamientos, los demás ingresos del erario no clasificables como impuestos (prestaciones fijadas unilateralmente por el Estado…), derechos (contraprestaciones por el pago de servicios) o productos (uso, aprovechamiento o explotación de sus bienes patrimoniales, establecimientos o inversiones).
[22] Como por ejemplo la creación de un comité para el fomento y vigilancia de las riquezas forestales, independiente de Mérida, con el objetivo de poner control en dicho reglón económico por parte del gobierno estatal.
[23] El gobierno de Campeche ha conquistado su independencia absoluta del sistema de cacicazgos que imperó en el Estado (1 de mayo de 1943). Diario del Sureste, pp. 1, 7, 10-15. HNM.
[24] El Estado de Campeche suprime las alcabalas. Mensaje del Gobernador Pérez Martínez al pueblo del Estado (15 de febrero de 1942). Diario de Yucatán, p.6; Importante gestiones realizadas en la capital de la República por el C. Gobernador (26 de septiembre de 1942). Diario del Sureste, p.2. HNM.
[25] Gómez Briceño, Enrique (14 de agosto de 1943). Carta abierta al Dr. D. Héctor Pérez Martínez, Gobernador de Campeche. Diario de Yucatán, p.6. HNM. Gómez Briceño fue brevemente gobernador entre febrero y agosto de 1921. Las Lomas de Chapultepec fue y sigue siendo considerado un barrio acomodado de la ciudad de México, y que durante la época fue preferido por viejos y nuevos políticos y empresarios que amasaban fortunas.
[26] De Llano, Rodrigo (10 de junio de 1943). Ilusiones peligrosas (editorial). Excélsior. El Periódico de la vida nacional, p.4. HNM.
[27] De Llano, Rodrigo (10 de junio de 1943). Ilusiones peligrosas (editorial). Excélsior. El Periódico de la vida nacional, p. 4. HNM.
[28] Importantes declaraciones del Sr. Gobernador (14 de junio de 1943). Diario del Sureste. HNM.
[29] Antes de ser gobernador se desempeñó como periodista, desde su educación preparatoria hasta su ascenso de reportero, escaló como subdirector y columnista crítico con su “Escaparate” en El Nacional Revolucionario, al respecto véase: Rivera, 1968: 9-10 y Gantús, 2015: 218.
[30] De Llano, Rodrigo (18 de junio de 1943). Una defensa desafortunada (editorial). Excélsior. El Periódico de la vida nacional, p.4. HNM.
[31] De Llano, Rodrigo (18 de junio de 1943). Una defensa desafortunada (editorial). Excélsior. El Periódico de la vida nacional, p.4. HNM.
[32] Artículo 61 fracción I de la ley hacendaria de 1942, referida anteriormente.
[33] Las mayúsculas son empleadas por el editorialista de Excélsior.
[34] En esencia a partir de la calidad de las tierras.
[35] El pueblo campechano respalda al gobernador Dr. Pérez Martínez (27 de junio de 1943). Diario del Sureste. HNM.
[36] AGN, MAC, caja 594, exp. 523.1/6.
[37] AGN, MAC, caja 594, exp. 523.1/6. El autor es Aquiles Requena, figura que posiblemente esté emparentado con la familia Repetto, de origen carmelita, pero este dato no está confirmado.
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