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Magallánica : revista de historia moderna - Año de inicio: 2014 - Periodicidad: 2 por año
https://fh.mdp.edu.ar/revistas/index.php/magallanica - ISSN 2422-779X (en línea)

EL INTENDENTE JOSÉ PEDRAJAS Y SUS RELACIONES CON EL CONCEJO CORUÑÉS (1727-1734) [1]

 

 

 

Eduardo Cebreiros Álvarez

Universidad de La Coruña, España

 

 

 

 

Recibido:        07/02/2023

Aceptado:       22/06/2023

 

 

 

 

Resumen

 

El trabajo analiza la actividad llevada a cabo en Galicia por el intendente José Pedrajas en su segunda etapa al frente de la institución, centrándose en las relaciones mantenidas con el ayuntamiento coruñés, que también presidía como corregidor de la ciudad, y en los conflictos competenciales que existieron con otras instituciones de gobierno con las que convivió en el viejo reino de Galicia.

 

Palabras clave: José Pedrajas; Intendencia; Felipe V; Ayuntamiento de A Coruña; reformas borbónicas.

 

 

THE “INTENDENTE” JOSÉ PEDRAJAS AND HIS RELATIONSHIP WITH THE LOCAL GOVERNMENT OF A CORUÑA (1727-1734)

 

Abstract

 

The research analyzes the activity carried out in Galicia by the Intendente José Pedrajas during his second term as head of the institution, focusing, on the one hand, on the relations maintained with the town council of A Coruña, which he also chaired as corregidor of the city, and, on the other hand, on competence conflicts that occurred with other government institutions with which he lived in the old kingdom of Galicia.

 

Key words: José Pedrajas; Intendencia; Felipe V; Town Council of A Coruña; Bourbon reforms.

 

 

 

Eduardo Cebreiros Álvarez. Profesor Titular de Historia del Derecho y de las Instituciones en la Universidad de A Coruña. Desde el año 2005 viene participando ininterrumpidamente en proyectos de investigación subvencionados por el Gobierno de España, con temática diversa. Ha sido Vicedecano de la Facultad de Derecho entre 2005 y 2013. Evaluador externo de diferentes revistas como: Ius Fugit, Iura Vasconiae o Miscellanea historico-iuridica. Su línea preferente de investigación es la de las instituciones político-administrativas del Antiguo Régimen, tratando también otros ámbitos como el ius commune o la historia de las Universidades.

Correo electrónico: eduardo.cebreiros@udc.es

ID ORCID: 0000-0002-8793-3959

 

 

 

EL INTENDENTE JOSÉ PEDRAJAS Y SUS RELACIONES CON EL CONCEJO CORUÑÉS (1727-1734)

 

 

 

El asentamiento de la Intendencia en Galicia

 

Las lógicas complicaciones que se podían esperar con la llegada de un nuevo oficial, el intendente, fruto de las reformas llevadas a cabo por el rey Felipe V en el marco de la administración territorial, tuvieron un fiel reflejo en suelo gallego. Oligarquías locales e instituciones tradicionales en el Antiguo Régimen, como Audiencias y Capitanías Generales, sostuvieron algunas disputas con la nueva figura, que se convertía en un elemento más a la hora de tomar decisiones de gobierno en este ámbito espacial (CEBREIROS, 2021: 120-123). Especialmente significativos fueron los conflictos entre algunos personajes concretos, como el capitán general Risbourg y el intendente García de Arellano, incluso con panfletos de por medio (SAAVEDRA, 2020bis: 61-62). Las particularidades de un territorio como era Galicia, alejado de la corte, hacían compleja la implantación de los nuevos oficiales borbónicos. Debemos tener en cuenta, no solo su carácter periférico, sino también un par de elementos, de diferente signo, que convertían el solar gallego en un lugar distinto dentro de la geografía peninsular. Así, desde el punto de vista económico, la riqueza del país descansaba fuertemente en una agricultura minifundista, con poco atisbo de desarrollo comercial e industrial, donde la problemática foral ante una tierra dividida entre el propietario de iure y el útil no encontraba solución. Además, Galicia era un reino con escasez de ciudades, donde predominaba el asentamiento rural y donde el señorío, tanto eclesiástico como laico, estaba fuertemente arraigado (LÓPEZ, 2021: 67-69). Los cambios, desde arriba, con la recién llegada dinastía borbónica, encontrarían oposición no solo entre las oligarquías locales, sino también dentro de la Junta del Reino, la cual no dejaba de ser una institución que daba voz a esa hidalguía gallega dirigente (ARTAZA, 2016: 27-32; 47-52).

Diez años después de la publicación de la Ordenanza de intendentes de 1718, se asumía por todos que el nuevo oficial tendría un largo recorrido, máxime después de la parcial victoria de aquellos que lograron la desaparición de la Superintendencia de rentas entre 1716 y 1718, pero que no fueron capaces de evitar la vuelta de la Intendencia, reglada de manera exhaustiva en la citada ordenanza.  De hecho, como veremos en este trabajo, la tradicional alianza entre capitán general y regidores coruñeses se romperá en varias ocasiones, optando el consistorio local por apoyar y apoyarse en el intendente.

 

La interinidad de Bernardino Freire tras la marcha de Rodrigo Caballero

 

A finales de 1726, Rodrigo Caballero dejará su puesto en la intendencia gallega para trasladarse a la de Castilla, quedando interinamente en el puesto Bernardino Freire de Moscoso, contador principal de la institución, quien permanecerá en él durante la primera mitad de 1727. Sorprende un tanto que las actas municipales no reflejen la marcha del intendente ni exista documentación sobre su despedida, especialmente, porque, años después, sí se le felicitará por su nombramiento como asistente de Sevilla e intendente de Andalucía[2]. Durante esta primera interinidad, pues no será la última, como veremos, Bernardino Freire tendrá que atender, fundamentalmente, dos problemas que fueron recurrentes en etapas anteriores, las cargas militares y la escasez de determinados productos. Por lo que se refiere al primero, el intendente interino solicitará alojamiento y bagajes para las tropas[3]. En cuanto al segundo, dará licencia para que se puedan traer frutos por mar desde otras localidades, en particular, trigo[4]. Como se observa, se trataba de dos aspectos que iban siempre muy unidos. El aumento de unidades del ejército en la ciudad solía llevar aparejada, como consecuencia, una cierta crisis de subsistencias, con lo que se agravaba, aún más, la situación de los habitantes, molestos ya solo por la fuerte carga económica derivada de las necesidades del contingente militar.

 

La segunda etapa de José Pedrajas en la Intendencia

 

José Pedrajas volverá a la ciudad después de una primera etapa en la que había desempeñado el puesto de superintendente general (CEBREIROS, 2021: 129-132). Desarrolló un cursus honorum muy semejante al de su predecesor, Rodrigo Caballero, con el que, parece, no se llevaba muy bien desde los tiempos valencianos en los que habían trabajado juntos. Caballero estaba más centrado en los temas de guerra, al ser nombrado primer intendente de ejército, y Pedrajas en los asuntos económicos, como superintendente de rentas. Los dos ocuparon la Intendencia de Cataluña y el Corregimiento de Salamanca en diferentes momentos y, finalmente, terminarán su dilatada trayectoria en la administración como consejeros de Guerra. A su llegada a Barcelona, Pedrajas ya era conocido por sus escasas dotes como administrador eficaz (ESCARTÍN, 1980: 252), (ABBAD, OZANAM, 1983: 597), (ABBAD, OZANAM, 1992: 152), (CORONA, 1987: 189), (ANDÚJAR, s/f).

Su vuelta a la ciudad se desarrolla en una etapa muy diferente a la primera, en la que la Intendencia aún estaba asentándose. Ahora, sobre todo tras el desempeño del cargo por parte de Rodrigo Caballero, parecen haberse esfumado los problemas entre los regidores y la nueva institución, tan habituales en los inicios, como hemos visto. Todo apuntaba a que el oficial se consolidaba y era aceptado ya por las autoridades municipales.

Sin embargo, en el caso de José Pedrajas, esta impresión general, a juzgar por la documentación coruñesa, necesita ser matizada. Algunas ciudades gallegas mostrarán su malestar por la forma en la que este se dirigía a ellas en el momento de su llegada al cargo. Tanto Santiago como Tuy se quejarán de la desconsideración y falta de respeto que el recién nombrado mostraba en los escritos que remitía a los respectivos consistorios[5].

Particularmente significativo fue el problema con el ayuntamiento compostelano debido al impuesto de utensilios, con duras actuaciones llevadas a cabo por el intendente, que ocasionaron quejas ante el rey por parte de los munícipes de Santiago. El alojamiento de la tropa era una carga general para todos los territorios de la monarquía, especialmente gravoso en tiempos de guerra, por otro lado, bastante frecuentes (BORREGUERO, 1995). Gracias al informe elaborado por uno de los regidores compostelanos en noviembre de 1727, conocemos los detalles y la gravedad de lo sucedido[6]. En este documento, se contrapone el buen hacer y profesionalidad del anterior intendente, Rodrigo Caballero, con la arrogancia que mostraba Pedrajas, tanto en sus escritos como en su comportamiento[7]. El texto hace un repaso a la evolución que había sufrido el impuesto de utensilios desde que, en 1721, se comunicase que los gastos de alojamiento de la tropa se deberían pagar mediante repartimiento entre los lugares que la acogiesen, algo que no era bien visto por la ciudad del Apóstol, mucho más proclive a la administración directa de los gastos, al considerarlo más económico y ventajoso que el comparto. Los antecedentes terminan en 1725, cuando el intendente Caballero trasladaba la orden del rey, aprobada el 15 de diciembre de 1724, que permitía la asistencia directa a las tropas con utensilios, por parte de las ciudades que así lo deseasen. Santiago veía así colmadas sus aspiraciones para cambiar un sistema que, según sus cálculos, le podría ahorrar la mitad de lo que se pagaba por comparto. Sin embargo, nada más se había avanzado en el tema desde aquella fecha hasta que se desencadena el conflicto con Pedrajas, dos años después.

De este modo, en agosto de 1727, el intendente solicitaba a la ciudad el pago al asentista de utensilios del importe adeudado, cantidad que se debía recaudar mediante el clásico sistema de reparto por tercias y sextas. El consistorio compostelano le contestará al alto oficial poniéndole al tanto de las representaciones presentadas al monarca, indicándole que no se procedería al reparto hasta recibir la contestación del rey a sus propuestas. Este texto es el que marcará el inicio del grave conflicto, pues el intendente hará caso omiso a las justificaciones municipales e insistirá durante todo el mes de septiembre en que se procediese al repartimiento, bajo la amenaza del envío de apremio militar. Además del motivo expuesto por la ciudad compostelana, que podría sonar a excusa para dilatar el proceso, existen en esta disputa otros dos argumentos manifestados por el concejo santiagués que ponen de manifiesto hasta donde llegaba el enfrentamiento. Así, se negaba la capacidad absoluta del intendente para fijar la cantidad del reparto, pues se consideraba que, legalmente, deberían participar en la decisión las ciudades afectadas[8]. Por otro lado, se acudía a un elemento formal, al exigirle al oficial borbónico el envío de la copia íntegra de la real orden que alegaba para exigir el reparto. De hecho, este será el obstáculo final que señale la ciudad para no cumplir las órdenes, pues entendía que solo de esta manera quedaba cubierta ante cualquier problema. El aumento de la tensión entre las dos instituciones era palpable ante la negativa de ambas para cumplir con las peticiones de la otra parte. De ahí que el documento tache al intendente de “despótico y de soberano independiente” por no enviar la normativa regia con las formalidades debidas.

Un cierto intento de compromiso para desenquistar el problema lo constituyó la propuesta de Pedrajas facilitando el pago de la cantidad debida en dos plazos, pero que no obtuvo el efecto deseado, pues la ciudad compostelana no se movería de sus pretensiones. Sin duda, fue el hecho detonante de los acontecimientos posteriores. La drástica amenaza que se había planteado desde la Intendencia se llevará a la práctica el 21 de octubre, cuando se rodearon las casas consistoriales con soldados y se procedió al alojamiento de tropas en casa de los regidores. La medida de fuerza, lejos de ser temporal, fue a más, pues ante la incapacidad del concejo para reunir la cantidad fijada en el plazo marcado de tres días, el intendente incrementó los soldados alojados en dos ocasiones a través de su teniente, el alcalde mayor de A Coruña.

Por fin, a primeros de noviembre, llegarían buenas noticias para el consistorio compostelano pues, tras poner en conocimiento del rey las actuaciones de José Pedrajas, una carta del marqués de Castelar, titular de la Secretaría de Estado de Guerra, incluía la orden regia por la que se obligaba al intendente, no solo a enviar una copia de la real orden sino, también, a aclarar las cuentas sobre las cantidades a repartir y a retirar el apremio militar. Ello determinó, ahora sí, que Pedrajas cumpliese, facilitando a la ciudad la orden concreta, si bien lo hizo solo en parte, pues el consistorio seguía quejándose de la falta del envío de los ajustamientos y recaudos económicos, sospechando que, o bien no se habían elaborado, o estaban mal preparados.

Finalmente, el documento resumen preparado por el regidor compostelano José Bermúdez de Castro ponía énfasis en dos aspectos que podrían explicar la irregular y desmesurada conducta de nuestro personaje. Por un lado, el genio y fuerte carácter del intendente, algo que se conocía en todas las provincias en las que había desempeñado funciones de gobierno. Por otro, que su proceder podría responder al rencor y enojo contra Santiago y las demás ciudades del reino y que ya había mostrado el oficial en su anterior etapa en Galicia.

Una de las medidas que también se había propuesto desde el concejo para reducir su poder, y que este documento nos da a conocer, fue solicitar que se procediese a designar a un subdelegado de la Intendencia, tal y como permitía la normativa[9],  puesto que debería recaer en  alcalde más antiguo. Lo mismo había intentado el intendente Arellano en 1718, sin éxito y con fines totalmente distintos, pues, en esta ocasión, pretendía tener libertad de nombramiento en personas afines, con el objetivo de controlar mejor el territorio, sobre todo en aquellas ciudades en manos del señorío eclesiástico, la mayoría en Galicia, como es sabido (SAAVEDRA, 2020bis: 59-60; LÓPEZ, 2021:76-83).

Ya en su etapa como superintendente en Cataluña, Pedrajas había mantenido disputas con la Audiencia catalana, fruto de su resistencia a gestionar el pago de salarios de los oidores, hecho que estos achacaban a un intento por eliminar su independencia (DELGADO, 2014: 82). Parece que estamos en presencia de un personaje con un carácter y trato duro, capaz de generar fácilmente conflictos con otras instituciones, si bien es necesario señalar que nada señalan las actas coruñesas sobre los fuertes problemas que acaecieron en la vecina ciudad del Apóstol con el intendente (LÓPEZ, 2021: 84-90), pero también corregidor de la capital herculina.

A mayor abundamiento, los informes que, en 1723, se habían elaborado sobre los diferentes intendentes de guerra no le dejaban en buen lugar, recomendándose que, en el caso de nuestro personaje, sería conveniente apartarle de aquellas tareas que conllevasen gestión económica relativa a tropas, debido a su escasa formación y prepotencia (SAAVEDRA, 2020bis: 55). Como es evidente, el informe no fue tenido en cuenta.

 

La llegada a la ciudad

 

José Pedrajas tomará posesión del oficio de corregidor de A Coruña el 12 de julio de 1727[10]. Ese mismo día nombrará como alcalde mayor a Juan Luis Ximénez de Saboya[11], quien presidirá ya la siguiente sesión consistorial, llevada a cabo el 16 del mismo mes. Sin embargo, una de las características del gobierno de Pedrajas, sorprendente teniendo en cuenta sus muchas ocupaciones y la existencia de un alcalde mayor, es que presidirá prácticamente todas las sesiones del ayuntamiento hasta marzo de 1728, cuando empezará a hacerlo el alcalde mayor, su teniente, ya de forma general. Poco después, en septiembre, el intendente se ausentará temporalmente para atender asuntos particulares, pasando a ejercer sus funciones interinamente, una vez más, Bernardino Freire[12].

Durante su presidencia directa, hay un asunto que cobra especial relevancia, el absentismo de regidores. No es nada nuevo, pues se trató de un problema constante a lo largo de toda la edad moderna y que afectó a muchas ciudades (LÓPEZ, 2007: 336). No parece que el ejercicio del cargo depare excesivo interés para sus titulares o, al menos, todo indica que, para ellos, resultaba más relevante atender sus haciendas, a tenor de las excusas que presentan cuando son requeridos por las instituciones municipales. Ahora, cuando Pedrajas inicie sus tareas, los capitulares le pondrán de manifiesto que solo cuatro asistían con regularidad a las reuniones, con el peligro que ello conllevaba si alguno enfermaba. Como solución, le planteaban que se tomasen medidas para cubrir los oficios vacantes. El intendente acordó comunicar la preocupante situación al rey y también analizar las actuaciones que, en este sentido, había llevado a cabo su predecesor Rodrigo Caballero, solicitando información al respecto[13]. Sin embargo, en vez de resolverse el tema, la problemática fue agrandándose en la década siguiente, cuando se aprecia un reducido número de acuerdos en comparación con los periodos anteriores[14]. En 1734 solo se celebraron 17 sesiones del pleno municipal durante todo el año, de las cuales dos tuvieron que ser en forma de junta, por no llegarse al número mínimo de regidores[15].

Igualmente, uno de los problemas que más preocupaba a las autoridades era la crisis de subsistencias. Además, era un asunto que podía provocar altercados entre la población, por lo que se intentaba actuar con rapidez para resolver el tema. En este caso, la documentación recoge quejas por la falta de harina y su alto precio, de ahí que se reiteren las órdenes para prohibir la saca de granos y se envíe a un regidor para buscar los sobrantes que hubiese fuera de la ciudad[16]. Otro ámbito en el que fue necesario actuar fue el del urbanismo, pues hubo que adaptar las obras del acueducto de San Pedro a las nuevas fortificaciones que se estaban poniendo en marcha[17].

Inevitablemente, los asuntos de rentas, también requirieron la atención del intendente. Si tomamos como referente la normativa, esta temática fue de las más relevantes de su ámbito competencial, lo que se plasma en la práctica si nos atenemos a la documentación conservada, tanto en A Coruña como en otras ciudades, caso de Santiago de Compostela, por ejemplo, tal y como ya hemos visto. Así sucede con el repartimiento del arbitrio de utensilios y el de tres cuartas partes en octava. En ambos, su trabajo consistió en dar las instrucciones para su mejor gestión[18] (LÓPEZ: 2023). Los utensilios se pagarían empleando el sobrante del arbitrio de tres cuartas partes en octava, que parece el fondo general a dónde acudir cuando hay una urgencia[19], como cuando se emplearon para la compra de ganado, como veremos a continuación. En todo caso, la vía del reparto gravaba en exceso a los vecinos, por lo que la ciudad propondrá un arbitrio sobre el tabaco para hacer frente a estos continuos gastos[20].

El año 1728 comenzará con un importante conflicto para la ciudad, otro temido problema de subsistencias, referido, en este caso, a un bien de primera necesidad como era la carne. La renuncia de los proveedores a continuar con el suministro del producto fue comunicada al concejo en los últimos días del año anterior, algo nada infrecuente ante los altos precios que las reses podían llegar a alcanzar en determinados periodos. Ello obligó a la ciudad a administrar directamente el abasto mientras se buscaba a alguien interesado en su gestión[21]. Esta medida de la gestión propia nunca fue bien vista por el concejo, pues ocasionaba muchos gastos y excesivo trabajo para los regidores. De ahí, que los esfuerzos se dirigiesen a conseguir, de todos los modos posibles, una persona que se encargase de la venta de carne. Tras buscar recursos económicos a mayores, pues toda cantidad era poca[22], se logró encontrar a alguien que corriese con el abasto[23]. No finalizaron aquí los problemas, pues el Real Acuerdo se entrometió en este asunto, obligando a que se aceptase la mejora que habían presentado los anteriores suministradores de la carne, algo a lo que la ciudad se negaba[24]. Así, cuando, finalmente, la Audiencia haga prevalecer su decisión, el concejo escribirá al rey para quejarse de la intromisión, pues entendía que el corregidor y el ayuntamiento contaban con las competencias para ajustar el asiento y que el alto tribunal solo podía actuar cuando había problemas, falta de abasto o incumplimiento por parte de los encargados, lo que no era el caso, a su juicio[25]. José Pedrajas había terciado en el conflicto reuniéndose con el capitán general para encontrar una solución extrajudicial al asunto. Así, se decidió que dos regidores se reuniesen con el superintendente de abastos del Real Acuerdo para resolver el problema, aunque todo concluyó con la victoria de la Audiencia[26].

Los conflictos continuarán al año siguiente. Los temores del ayuntamiento, que renegaba de la concesión del abasto a los cortadores que venían haciéndose cargo del mismo, se vieron cumplidos cuando los asentistas manifestaron su voluntad de dejar de servir la carne ante los altos precios que habían adquirido las reses. El enojo del municipio se hizo ostensible ante el Real Acuerdo[27]. Resulta llamativo que en todo este tema del abasto la ciudad manifieste que había trabajado en unión con el intendente, lo que colocaba al Real Acuerdo en la posición de adversario. Con esto, vemos un ejemplo de cambio de tendencia en la inicial oposición que se había manifestado hacia el nuevo oficial borbónico en los comienzos de su actuación (LÓPEZ, 2023: 114). Finalmente, la solución vino de la mano de la publicación de nuevas posturas para hacerse con el abasto[28].

 

La segunda interinidad de Bernardino Freire

 

Bernardino Freire continuará con los temas generales de arreglo de cuarteles[29] y fortificaciones[30], poniendo de manifiesto a la ciudad su mucho trabajo relacionado con el real servicio y la administración de justicia cuando delegue en ella la búsqueda de géneros para los navíos de la escuadra que se encontraba en el puerto[31].

Durante su interinidad, se manifestaron dos problemas institucionales entre el municipio y delegados o representantes de la corona. El primero, con el capitán general, derivado de los problemas suscitados entre el ayuntamiento y los excesos de jurisdicción que, a su juicio, había llevado a cabo el gobernador de la plaza. Cuando Caylus intermedió en el asunto, defendiendo la versión de la parte contraria, el consistorio local se quejará del tono de los escritos del gobernador de la plaza y de cómo el capitán general dudaba de la versión municipal, aunque finalmente ordenará que el gobernador no se inmiscuya en lo que no es de su competencia[32]. Sorprende un tanto este hecho si tenemos en cuenta la alianza que siempre habían formado municipio y capitán general, particularmente claro en el periodo inicial de instalación de la Intendencia en Galicia (LÓPEZ, 2011: 688-689) (CEBREIROS, 2021: 120-123). Parece que, de nuevo, al igual que sucedió con el problema del abasto de carne arriba mencionado, se producía un mayor acercamiento del consistorio local hacia las nuevas instituciones borbónicas, tras el rechazo inicial que concitaron.

El segundo no goza de la consideración de conflicto en sí mismo, pero sí manifiesta un celo quizás excesivo. El consistorio requirió las fianzas que aún no había abonado José Pedrajas en calidad de corregidor de la ciudad, solicitando al representante en la corte, Gregorio Luaces, que realizase las oportunas gestiones al respecto[33].

 

1730, el regreso del Intendente Pedrajas

 

Cuando, a finales de 1730, José Pedrajas se reincorpore a su puesto, los temas económicos volverán a ser los que más trabajo le acarreen. Así, se ocupará de gestionar el arbitrio de utensilios, particularmente su asiento[34].

Otros asuntos que centrarán su atención son los relacionados con el arreglo de cuarteles, una vez más[35], el comercio, trasladando las órdenes de la Junta de Comercio sobre información del número de marcadores, arreglo de pesos y visitas a platerías[36] y la recluta de soldados[37]. Será, precisamente, una de las gestiones para poner en buen estado los habitualmente arruinados cuarteles, la que nos permita observar una queja del ayuntamiento hacia el capitán general. Cuando se le transmita al intendente todo lo obrado para alojar a la compañía de artilleros inválidos, se indicará que la jurisdicción sobre el alojamiento de tropas y la facultad para nombrar a las personas que reconozcan los cuarteles era una función que le correspondía a él y no al capitán general, como había sucedido en este caso[38]. Precisamente, el intendente era un buen conocedor de todo el mundo militar, al haber servido en las guardias walonas y haberse iniciado en tareas de gobierno ocupándose del control del gasto militar. Por otro lado, no debemos olvidar cómo el incremento de las competencias militares de los intendentes, establecidas ya en las Ordenanzas de 1718 que los regulan, provocó bastantes problemas competenciales con los capitanes generales, por más que, al menos en Galicia, esta intromisión ya se presentase con anterioridad, dentro de un contexto general de reforma del ejército español (SAAVEDRA, 2020: 205 y 221)

A finales de 1732, el intendente comunicará a la ciudad que había obtenido licencia de tres meses para viajar a Sevilla. En esta ocasión no se designó un intendente interino, sino que se procedió a un reparto de tareas entre diferentes personas. Desconocemos la razón, aunque es posible que se optase por esta solución al tratarse, en teoría, de una corta ausencia. De este modo, las dependencias de guerra quedaban a cargo de Pedro de Oarrichena[39] (IMÍZCOZ, GUERRERO, 2004: 205) y de las de justicia, policía y hacienda entendería el alcalde mayor, Juan Luis Ximénez de Saboya[40]. Pese a que se trataba de algo temporal, Pedrajas ya no volverá a la ciudad y, en 1737, se procederá a nombrar a un nuevo intendente, Francisco Salvador de Pineda[41].

 

La interinidad desdoblada

 

Durante el periodo en el que ejercieron sus competencias estos dos oficiales, la actividad consistorial fue bastante reducida, como ya señalé anteriormente al ocuparme del absentismo de los regidores. Los asuntos que se repiten en las actas municipales con participación del encargado de los asuntos relativos al ejército, Pedro de Oarrichena, se centran en temas de arreglo de cuarteles y de la gestión del impuesto de utensilios.

Por lo que se refiere al primer asunto, la ciudad era un lugar estratégico, por el que el deambular de tropas era constante. Para su alojamiento se utilizaban, a suerte de cuartel, diferentes casas que se preparaban a tal efecto, si bien las actas consistoriales nos ponen de manifiesto las constantes obras y reparos que había que hacer en las mismas[42].

En cuanto al impuesto de utensilios, en 1734, Pedro de Oarrichena y Borda comunicará a la ciudad herculina la necesidad de publicar un nuevo asiento de camas, luz leña y demás utensilios de las tropas por el periodo de 10 años y, más tarde, solicitará el comparto de la cantidad que le tocaba a la ciudad y provincia por este impuesto[43]. Al año siguiente, el consistorio coruñés consultará con el oficial encargado de asuntos militares hasta qué punto los utensilios de la tropa se podían pagar a través del asiento general del reino o correspondían a los pueblos[44]. Aun en 1736, Oarrichena solicitaba la puesta en marcha de un nuevo repartimiento de esta contribución, pues se le debía dinero al asentista[45]. La consulta presentada por el capitán general al consistorio coruñés en 1737 sobre cómo gestionaba ese impuesto la ciudad nos permite concretar los aspectos más significativos del mismo, aunque, por otro lado, sorprende un tanto que el alto oficial no conociese estos extremos. En todo caso, se le informa que el reino pagaba por repartimiento el asiento de camas, luz, leña y demás utensilios y que la dirección del mismo lo gestionaba la intendencia, que lo distribuía en proporción de la tropa que había en cada lugar. Por su parte, el municipio pagaba del fondo de propios los cuarteles necesarios para la tropa, valiéndose de casas particulares cuando no llegaban las establecidas, para lo que sufragaba los correspondientes alquileres[46].

La aprobación de la Ordenanza de enero de 1734 sobre milicias provinciales determinó algunos problemas de aplicación entre el capitán general y el regimiento de la ciudad, en los que también se vio implicado el alcalde mayor, aunque más como justicia local que como interino de la intendencia, pues el encargo recibido excluía los temas militares. Aun así, se verá envuelto en las disputas entre la ciudad y el capitán general en lo referente a la custodia del vestuario, apoyando la decisión de este último de que un regidor se encargase de este aspecto, algo a lo que estos se oponían, al entender que la normativa encargaba esa tarea a la justicia local. De la documentación manejada resulta patente el peso específico y mando que sobre estas milicias acapara el capitán general, que eximió al alcalde de su tarea de custodia del vestuario, por ejemplo, por más que el consistorio coruñés pretendiese otra cosa, apoyándose en una normativa que no parecía tan clara a sus intereses como ellos afirmaban, pues se hacía partícipe a otros oficiales en la toma de decisiones[47]. En todo caso, se trataba de un episodio más de los tradicionales enfrentamientos entre los oficiales locales y los militares, que tenían en levas y alojamientos de tropas los conflictos más destacados. Si ya los problemas competenciales podían producirse entre el capitán general, quien atesoraba las funciones esenciales en este ramo, y los regimientos que gobernaban las ciudades, más habituales serían las controversias de jurisdicción entre la ordinaria de los jueces municipales y el fuero militar (LÓPEZ, 2011: 699-702).

Será el oficial encargado de los asuntos de guerra, Pedro de Oarrichena, el que asumirá más trabajo en este asunto, en razón de sus competencias. Así,  por ejemplo, escribirá a la ciudad coruñesa en agosto de 1735, trasladándole la real orden para que se formasen compañías de granaderos en los regimientos de milicias[48]. El capitán general también había enviado la misma norma al consistorio local. En muchos casos, era inevitable este cruce de competencias entre Intendencia y Capitanía General.

Por su parte, el alcalde mayor, actuando como interino del intendente, no parece haber tenido tantas ocupaciones como su colega. Fundamentalmente, asumió tareas económicas. De este modo, se ocupó de  que las justicias no cobrasen a los vecinos el derecho de 4 maravedíes en libra de jabón que fuese para el consumo en sus casas ni a los arrieros que comerciasen con ese género, tal y como había establecido el Consejo de Hacienda[49]. Igualmente, se le solicitó que, como persona responsable del gobierno político, económico y gubernativo del reino, tomase medidas para lograr una bajada de precios en los vinos que se comercializaban procedentes de la comarca del Ribeiro[50].

 

A modo de conclusión

 

Podemos afirmar que la segunda etapa en la que José Pedrajas asuma la Intendencia de Galicia supondrá el asentamiento del oficio en Galicia, después de unos momentos iniciales en los que tuvo que hacer frente a los problemas suscitados con otras instituciones con las que compartiría funciones de gobierno y que verían con malos ojos la llegada del oficial borbónico. Las novedades nunca serán bien recibidas ni por las oligarquías locales, ni por personajes vinculados al derecho y al ejército que habían visto, en audiencias y capitanías generales, un buen lugar para prosperar y consolidar un cursus honorum que les permitiese, en no pocas veces, terminar su periplo profesional en la corte, incluso en consejos y secretarías. Es cierto que, en buena medida, la actuación de su predecesor, Rodrigo Caballero, gracias a su personalidad, ayudó en este sentido.

Del periodo estudiado, llama la atención que nuestro intendente asumiese personalmente la presidencia del consistorio local durante los primeros meses. Si como corregidor que era de la ciudad parecería algo lógico, se trató, la mayoría de las veces, de una circunstancia poco normal, teniendo en cuenta la gran cantidad de asuntos que debía despachar el intendente relativos a un marco competencial amplio, como lo eran los cuatro ramos de policía, gobierno, hacienda y militar y en un espacio territorial también extenso, como lo era el viejo reino de Galicia. Sin embargo, con el paso de los meses, se ausentará en varios momentos, dejando oficiales interinos que se harían cargo de las tareas propias de la Intendencia. Así, en 1728, tal encargo recaerá en Bernardino Freire, quien ya solía cubrir el puesto en ausencias cortas, y, en 1732, en Pedro de Oarrichena para los asuntos de guerra y en el alcalde mayor para el resto, en una suerte de interinidad desdoblada.

Durante su mandato, fruto del fuerte absentismo de regidores, ya examinado, intentó trasladar a la corte esta problemática para que se pudiesen adoptar medidas, aunque con poco éxito. De la nómina de diez u once regidores que cobran su salario de 1.000 maravedíes a principios de cada año, y que, por lo tanto, sabemos que se encontraban ejerciendo su empleo, era complicado que acudiesen los tres necesarios. A partir de 1730 será cuando se constate una menor presencia de oficiales municipales, siendo la escasez de reuniones una constante en 1732, 1733 y, sobre todo, en 1734, donde solo contamos con 17 sesiones de ayuntamiento, pasándose, por ejemplo, de la del 29 de marzo a la del 22 de julio.

Destaca, también, en el ámbito temporal objeto de estudio, el conflicto generado por la falta de abastecimiento de carne, que llevó a que, durante unos meses, la ciudad administrase su venta y donde la Intendencia no desempeñó un relevante papel, que sí asumió el Real Acuerdo. En otro orden de cosas, siguió adoptando medidas para evitar la escasez y carestía de alimentos, prohibiendo la saca de granos, y gestionó el pago del arbitrio de utensilios con el sobrante del de tres cuartas partes en octava, una vez que el rey lo aprobó.

Del análisis de las actas consistoriales coruñesas se desprende la existencia de poca conflictividad entre el intendente y otras instituciones de gobierno. Nada que ver con los problemas que surgieron en la vecina ciudad de Santiago, donde el intendente mantuvo un serio conflicto con el municipio compostelano derivado de la negativa de este al pago del impuesto de utensilios, que resolvió aquel ordenando un alojamiento de tropas en las propias casas de los regidores. La honra y buen nombre de la ciudad del Apóstol quedó salvada al confirmar el monarca buena parte de las reclamaciones aducidas por los oficiales compostelanos.

 

 

 

Bibliografía

 

ABBAD, F., OZANAM, D., (1983). “Para una historia de los intendentes españoles en el siglo XVIII”. En Actas del IV Symposium de Historia de la Administración (pp. 579-612). Madrid: INAP.

ABBAD, F., OZANAM, D., (1992). Les Intendants espagnols du XVIII siècle, Madrid: Collection de la Casa de Velázquez.

ANDÚJAR CASTILLO, F., (s/f.). “José Pedrajas Pastor”. En DB-e, Diccionario biográfico electrónico de la Real Academia de la Historia. Recuperado de: http://dbe.rah.es/biografias/43681/jose-pedrajas-pastor.

ARTAZA MONTERO, M.M., (2016). “Coyuntura crítica y cambio institucional: Felipe V y Galicia”. En M. LÓPEZ DÍAZ (Ed.), Galicia y la instauración de la Monarquía borbónica (pp. 21-52). Madrid: Sílex.

BORREGUERO BELTRÁN, C., (1995). “Los problemas del alojamiento militar en la España del siglo XVIII”. En E. BALAGUER, E. GIMÉNEZ (Eds.), Ejército, Ciencia y Sociedad en la España del siglo XVIII (pp. 111-131). Alicante: Instituto de Cultura “Juan Gil-Albert”.

CEBREIROS ÁLVAREZ, E., (2021). “Las nuevas instituciones implantadas en el reinado de Felipe V: Algunos problemas iniciales desde la perspectiva municipal”. En M. LÓPEZ DÍAZ (Ed.), Monarquías ibéricas, poderes y territorios. Instituciones, nobleza y dinámica política (siglo XVIII) (pp. 117-152). Madrid: Silex.

CORONA MARZOL, Mª. C., (1987). “Un centro de experimentación castellana en Valencia: La Superintendencia General de Rentas Reales (1707-1713)”. Estudis: Revista de Historia Moderna, Nº 13, pp. 171-200.  

DELGADO RIBAS, J.M., (2014). “La corrupción como mecanismo de fidelización. El caso de la Cataluña borbónica (1714-1770)”. Illes i imperis. Estudios de historia de las sociedades en el mundo colonial y post-colonial, Nº 16, pp. 71-88.

ESCARTÍN SÁNCHEZ, E., (1980). “Los intendentes de Cataluña en el siglo XVIII. Datos biográficos”. En Historia Social de la Administración Española: estudios sobre los siglos XVII y XVIII (pp. 249-268). Barcelona: CSIC.

IMÍZCOZ BEUNZA, J. Mª, GUERRERO ELECALDE, R., (2004). “Familias en la Monarquía: la política familiar de las elites vascas y navarras en el Imperio de los Borbones”. En  J. M.ª IMÍZCOZ BEUNZA (Coord.), Casa, familia y sociedad (País Vasco, España y América, siglos XV-XIX) (pp. 177-238). Bilbao: Universidad del País Vasco.

LÓPEZ DÍAZ, M., (2007). “Del ayuntamiento borbónico al primer municipio constitucional: el caso de Santiago de Compostela”. Revista de Historia Moderna, Nº 25, pp. 331-358.

LÓPEZ DÍAZ, M., (2011). “Jurisdicción Militar y Jurisdicción Ordinaria en el Reino de Galicia: conflictos y competencias a principios del siglo XVIII (1700-1714)”. Anuario de Historia del Derecho Español, Nº 81, pp. 679-707.

LÓPEZ DÍAZ, M., (2021). “La Intendencia gallega y su contestada implantación (1718-1719): Ecos de la tensión entre “justicia” y “administración”. En M. LÓPEZ DÍAZ (Ed.), Monarquías ibéricas, poderes y territorios. Instituciones, nobleza y dinámica política (siglo XVIII) (pp. 59-116). Madrid: Silex.

LÓPEZ DÍAZ, M.ª (2023).«Bien común» vs. privilegio: La Intendencia gallega y algunos conflictos sobre la «causa pública» y exención fiscal (1719-1722)”. En M.ª LÓPEZ DÍAZ y M.ª C. SAAVEDRA (Eds.), Reformar gobernando. Los primeros Borbones en la España del XVIII (pp. 73-116). Granada: Comares.

SAAVEDRA VÁZQUEZ, Mª.C., (2020). “Las disposiciones militares de la Ordenanza de Intendentes de 1718”. Estudis. Revista de Historia Moderna, Nº 46, pp. 203-225.

SAAVEDRA VÁZQUEZ, Mª.C., (2020bis). “El establecimiento de la intendencia en Galicia y su actuación en materia militar (1715-1719)”. Obradoiro de Historia Moderna¸ Nº 29, pp. 51-78.



[1] Trabajo realizado en el marco del proyecto de investigación “El reino de Galicia en la Monarquía de Felipe V”, ref. HAR2017-83605-P, cofinanciado por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Agencia Estatal de Investigación) y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (AEI/FEDER).

[2] Archivo Municipal de A Coruña (A.M.C.), Libro de Actas de 1732, caja 39, Consistorio 19/7/1732, f. 78v.

[3] En febrero, el intendente solicitaba casas para alojar a militares, ante la imposibilidad de hacerlo en los cuarteles de la casa de la moneda y San Andrés. El consistorio local le escribirá para pedirle una rebaja en las obligaciones, pues además de los bagajes para el ejército, los vecinos estaban muy cargados con la asistencia continuada de personas, carros y bueyes para las fortificaciones que se estaban acometiendo en la ciudad. Dado que Freire no atendía sus demandas, especialmente en lo relacionado con las obras de la plaza, los capitulares acordaron reunirse con el gobernador, el Marqués de Caylus, para solicitarle un alivio para los paisanos que trabajaban como peones, solicitando que concurriesen también los de las cuatro leguas circundantes a la ciudad, A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 6/2/1727, ff. 19v-20r, Consistorio 6/3/1727, ff. 23r-v y Consistorio 16/5/1727, ff. 92r-v.

[4] En consistorio, se aludió al gran número de forasteros y tropa que se hallaban en la ciudad, lo que hacía escasear la harina. Freire concedió permiso a todas las personas que lo pidiesen de parte de la ciudad, para que pudiesen traer granos por mar, siempre con las debidas precauciones, A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 13/3/1727, ff. 25r-v y Consistorio 22/3/1727, ff. 26v-27r.

[5]La ciudad de Tuy, en una carta que envía a la de Santiago, criticaba que lo hacía “valiéndose de su genio y presunción de autoridad superior”, afirmando que firmaba las cartas sin cortesía y sin haber comunicado su llegada al Reino, Archivo Histórico Universitario de Santiago de Compostela (A.H.U.S.), Fondo Municipal, Ayuntamiento de Santiago, Libro de Actas, 121, 1/1/1727-31/8/1727, ff. 453r-v. El propio consistorio compostelano se quejará de las continuas faltas de cortesía de las cartas del intendente, pese a las advertencias que ya le habían dado, A.H.U.S., Fondo Municipal, Ayuntamiento de Santiago, Libro de Actas, 121, 1/1/1727-31/8/1727, Consistorio 20/8/1727, f. 463v.

[6] A.H.U.S., Fondo Municipal, Ayuntamiento de Santiago, Libro de Actas, 121, 1/1/1727-31/8/1727, ff. 781r-790v.

[7] “Y es mui de notar la moderación de este ministro [Rodrigo Caballero], su inteligencia de las reales órdenes, su modo de comunicarlas a la ciudad, como ia arriba se previno, comparándola con las cartas del actual Intendente D. Joseph Pedrajas”, A.H.U.S., Fondo Municipal, Ayuntamiento de Santiago, Libro de Actas, 121, 1/1/1727-31/8/1727, f. 782v.

[8] Ello era especialmente relevante en este caso, pues Santiago aducía haber pagado ya cierta cantidad al asentista del impuesto con anterioridad.

[9] Concretamente, el artículo 34 de la Ordenanza de 1718 que regulaba la institución.

[10] Los regidores Pedro Pardo y José Lorenzo de Castro fueron a su casa a buscarle y se le dio posesión una vez que el regidor más antiguo, Ignacio Romay, presenta ante el ayuntamiento su nombramiento de corregidor, vid. A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 12/7/1727, ff. 111r-112r. El título, fechado el 19 de mayo, puede verse en ff. 113r-115r.

[11] Era doctor en leyes y se había graduado en la Universidad de Valencia. Se le dio posesión a continuación de Pedrajas, luego de recibir su nombramiento en el consistorio, vid. ff. 112r-v. Su título, fechado el 20 de mayo, también se acompaña a las actas municipales, vid. ff. 115r-116v.

[12] A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 1/9/1728, f. 163r.

[13] A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 23/7/1727, f. 123r y Consistorio 18/8/1727, f. 130r.

[14] Llama la atención lo acaecido en 1732, cuando después del consistorio de 29 de julio no se vuelva a celebrar otro hasta el 2 de noviembre, o en 1733, cuando el consistorio de 4 de septiembre aparece en el f. 38v del libro de actas.

[15] En este año, la sesión que siguió a la del 29 de marzo no tuvo lugar hasta el 22 de julio.

[16] El intendente estaba preocupado ante las muchas quejas recibidas por este tema, pidiendo a la ciudad que tomase alguna medida, vid. A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 9/8/1727, f. 126v.

[17] De hecho, así lo había establecido el rey, ante la petición del capitán general, por lo que se hizo necesario modificar una parte para que el agua pasase por debajo, A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 4/8/1727, f. 124v.

[18] En el caso de los utensilios, tocaba repartir en la provincia 37.500 reales que había que entregar al asentista, A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 9/9/1727, f. 135v. En el arbitrio de tres cuartas partes en octava el trabajo consistió en preparar escrituras y liquidar las cuentas, incluyendo los gastos de administración y los intereses del arbitrio. Para ello, durante el mandato del intendente Rodrigo Caballero se convino la necesidad de llegar a un acuerdo entre las partes implicadas (el municipio, el intendente y el administrador), con la participación de árbitros y juristas, vid. A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, consistorio 17/12/1727, ff. 187v-188r.

[19] En mayo de 1728, cuando se recibió el escrito del Consejo aceptando que se destinase el arbitrio para el abasto de carne, se acuerda también que el intendente informe al mismo sobre los 12.500 reales empleados del mismo fondo para pagar los utensilios, A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 5/5/1728, ff. 39r-v.

[20] A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 27/6/1728, ff. 101r-v.

[21] Se acordó destinar 12.000 reales del arbitrio de tres cuartas partes para comprar bueyes y carneros, tarea que se encargó al regidor Pedro Pardo. También se solicitó al intendente, que se enviasen cortantes desde Betanzos y se procediese a despedir a los actuales, vid. A.M.C., Libro de actas de 1727, caja 38, Consistorio 16/12/1727, ff. 181r-182r. El administrador de este arbitrio, Manuel Suazo, se negó a entregar esta cantidad, lo que, finalmente se consiguió tras el oportuno apremio del intendente-corregidor, Consistorio 18/12/1727, ff. 192v-194r y f. 200r.

[22] En febrero de 1728, no solo se libraron 9.000 reales más para la compra de reses, sino que el intendente mandó que los 3.200 reales que Rodrigo Caballero había autorizado para la compra de un reloj para la ciudad fuesen destinados al abasto, A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 4/2/1728, ff. 5r-v y Consistorio 14/2/1728, f. 12v.

[23] A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 11/3/1728, f. 21v.

[24] De hecho, los capitulares mostrarán su enfado por la aceptación de una propuesta de quienes habían provocado los problemas, además de que la misma contenía diversas irregularidades, A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 17/3/1728, ff. 25v-28r.

[25] Los capitulares finalizaban su escrito al monarca repitiendo que el abasto tenía que habérsele concedido a Juan Antonio de Barros, pues su postura era ventajosa para la ciudad, A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, ff. 136r-142r.

[26] El concejo dejó claro que se reservaba los recursos que le correspondiesen en derecho, pues con el otro proveedor se tenía garantizado el abasto, A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 21/3/1728, ff. 29v-30v y Consistorio 22/3/1728, ff. 31r-v.

[27] El regidor Pedro Pardo se reunió con Luis Vicente Pelegrí, superintendente de abastos de la ciudad y oidor de la Real Audiencia, para ponerle al corriente del problema. A continuación, en consistorio se acordó escribirle para recordarle, formalmente, los antecedentes del asunto. Así, se insistía en que la ciudad había logrado una persona que se hiciese cargo del abasto durante tres años pero que fue desestimada su actuación por parte del Real Acuerdo, obligando a que se aceptase la postura de los anteriores cortadores, asunto por el que aún estaba pendiente una representación al Consejo de Castilla. Ponían de relieve, además, cómo el problema fundamental de estos era su falta de caudales para comprar ganado. Pedían una solución teniendo en cuenta que la ciudad no podía administrar directamente el abasto de carne, A.M.C., Libro de actas de 1729, Consistorio 31/3/1729, ff. 21v-24v.

[28] El Real Acuerdo llegó a intimar a los regidores, bajo pena de 50 ducados a cada uno, para que pusiesen en marcha el tema con celeridad. Tras una primera oferta en la que los cortadores que dejaban el suministro pedían una subida de 2 mvs. en libra de carne, en atención a los gastos y subidas de precios, al día siguiente ofrecerán esa rebaja, por lo que se acordó darles el abasto si no se producía mejora, A.M.C., Libro de actas de 1729, f. 25r, Consistorio 2/4/1729, ff. 26r-27r, Consistorio 3/4/1729, ff. 27v-28v, Consistorio 4/4/1729, ff. 29r-v, Consistorio 6/4/1729, ff. 33r-v.

[29] Así, se retejarán los dos cuarteles en los que se encontraba el regimiento de Murcia, A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 7/9/1728, f. 168v.

[30] El intendente interino solicitará 100 paisanos para las obras, a los que habrá que entregar su correspondiente ración de pan, debiendo acudir todos ellos con herramientas. El municipio, por su parte, inició las tareas para llevar a cabo el repartimiento, pero dejó claro que las azadas no podían ser aportadas por los vecinos, siendo necesario, además, que se les tratase con respeto y que fuesen cambiando cada 15 días para no perjudicarles en sus trabajos ni fatigarles demasiado. Todas estas peticiones serán aprobadas por Freire, A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 11/10/1728, ff. 186r-189r y Consistorio 14/10/1728, f. 193r.

[31] A.M.C., Libro de actas de 1728, caja 38-2, Consistorio 17/11/1728, f. 221v.

[32] El problema comienza con la queja del alcalde mayor por negarle auxilio una noche y no responder a los escritos que le dirigió, A.M.C., Libro de actas de 1729, caja 38-3, Consistorio 30/3/1729, ff. 18r-v. Tras el intercambio de pareceres sobre las versiones de lo sucedido, la ciudad insistirá en que solo dé órdenes a la tropa y que se abstenga de actuar en lo económico y gubernativo, Consistorio 4/6/1729, ff 36r-v y, para la carta de la ciudad, ff. 38r-40r. Pese a la solución dictada por el capitán general, favorable a los intereses municipales, la ciudad decidirá proseguir con la representación al rey sobre el tema, Consistorio 18/5/1729, f. 48r.

[33] A.M.C., Libro de actas de 1729, caja 38-3, Consistorio 1/8/1729, f. 131r.

[34] La ciudad había conseguido que, para el pago de lo debido por la contribución de utensilios de 1728 y 1729, se permitiese el uso del arbitrio de tres cuartas partes en octava, tal y como confirmaba desde la corte el diputado general Luaces, A.M.C., Libro de actas de 1730, caja 39, Consistorio 20/5/1730, ff. 76v-77r. Lo mismo solicitará la ciudad para hacer frente a este tributo en 1730, en atención a la escasez de propios y la gran cantidad de exentos con los que contaba su término. Había sido el intendente interino, Bernardino Freire, quien se había ocupado de atender el asiento, publicitándolo y recibiendo las ofertas, Consistorio 6/6/1730, f. 93r, Consistorio 17/6/1730, ff. 110r-111r. En noviembre, Pedrajas solicitará que se efectúen los oportunos repartimientos, aunque al mes siguiente todavía se estaba pendiente de la designación del asentista, decisión que se tomó a principios de 1731, recayendo en la persona de José Manso, quien se había ofrecido a realizar una baja del cuarto en su oferta, siempre que se le anticipasen 150.000 reales, Consistorio 7/11/1730, ff. 190v-191r, Consistorio 29/12/1730, ff. 215r-v y Libro de Actas de 1731, caja 39-2, Consistorio 17/2/1731, f. 6r.

[35] En enero de 1731, el intendente, a través del alcalde mayor, solicita que se hagan las reparaciones necesarias en los cuarteles donde está la tropa, A.M.C., Libro de Actas de 1731, caja 39-2, Consistorio 27/1/1731, f. 1v.

[36] En marzo de 1731, la Junta de Comercio deseaba saber el número de marcadores de oro y plata con los que contaba la ciudad y provincia y la normativa por la que se regían. El alcalde mayor fue el encargado de trasladar que sólo existía uno y que no constaban ordenanzas particulares al respecto, A.M.C., Libro de Actas de 1731, caja 39-2, Consistorio 3/3/1731, ff. 13v-14r. Más tarde, a la Junta le preocuparán los pesos, por lo que el intendente hace llegar al ayuntamiento los modelos que había recibido, para igualarlos, así como las órdenes al respecto, Consistorio 7/6/1731, ff. 59r-60r. También se encargará de que los alcaldes mayores y corregidores le diesen cuenta de las sentencias que se ponían tras las visitas mensuales de las platerías y le informasen de las ferias y mercados existentes, A.M.C., Libro de Actas de 1732, caja 39-3, Consistorio 5/5/1732, ff. 26r-27r.

[37] El intendente solicitará que un regidor de la ciudad acuda a la reunión que mantendrá con los de las otras ciudades con el fin de organizarla conforme a las ordenanzas, Libro de Actas de 1731, caja 39-2, Consistorio 23/10/1731, ff. 137r-v.

[38] Libro de Actas de 1731, caja 39-2, Consistorio 30/4/1731, ff. 45v-46r.

[39] Junto a su hermano Miguel, haría carrera como oficial en la Secretaría del Consejo de Guerra.

[40] A.M.C., Libro de Actas de 1732, caja 39-3, Consistorio 2/11/1732, f. 100r.

[41] A.M.C., Libro de Actas de 1737, caja 41-2, Consistorio 23/8/1737, ff. 52r-v.

[42] Si en febrero de 1733, Oarrichena remitía la relación de los reparos necesarios de las casas de Calviño, en verano de ese mismo año, requerirá a la ciudad para que se solventen las deficiencias que se habían detectado en el cuartel donde se alojaba la compañía de artilleros y, en septiembre, la casa de la Moneda donde se hallaba el regimiento de inválidos, respectivamente, A.M.C., Libro de Actas de 1733, caja 39, Consistorio 20/2/1733, f. 7r, Consistorio 18/7/1733, ff. 34v-35r y Consistorio 4/9/1733, f. 38v. Al año siguiente, la llegada de cuatro compañías de Marina obligará a reconocer el estado del cuartel de San Andrés y a realizar las oportunas obras para mejorar su estado, A.M.C., Libro de Actas de 1734, caja 40, Consistorio 26/10/1734, ff. 88r-v. El comisario de alojamientos de la ciudad se ocuparía de llevar a efecto las órdenes del delegado del intendente, tras el pertinente acuerdo municipal.

[43] A.M.C., Libro de Actas de 1734, caja 40, Consistorio 29/3/1734, ff. 12v-13r y Consistorio 18/12/1734, f. 113v.

[44] A.M.C., Libro de Actas de 1735, caja 40-2, Consistorio 13/2/1735, ff. 20v-21r.

[45] A.M.C., Libro de Actas de 1736, caja 41, Consistorio 20/1/1736, ff. 3r-v. Al año siguiente, será el concejo el que se dirija a Pedro de Oarrichena para conocer el estado de las posturas del arbitrio, A.M.C., Libro de Actas de 1737, caja 41-2, Consistorio 16/4/1737, f. 30v.

[46] A.M.C., Libro de Actas de 1737, caja 41-2, Consistorio 9/5/37, ff. 34v-35r.

[47] Sirvan como ejemplos los artículos 13 y 14 de la Ordenanza, alegados por la ciudad para justificar el control de las justicias locales sobre las milicias. En este sentido, artículo 14: “Siempre que muriere, o enfermare, o por algun motivo se ausentare alguno de los Soldados de las Compañias, nombrarán luego los Alcaldes otro, con aprobacion del Capitan, quien sin retardo dara cuenta al Sargento Mayor para su registro”.

[48] A.M.C., Libro de Actas de 1735, caja 40-2, Consistorio 29/8/1735, ff. 371v-372r.

[49] A.M.C., Libro de Actas de 1733, caja 39, Consistorio 20/2/1733, ff. 6v-7r.

[50] A.M.C., Libro de Actas de 1736, caja 41, Consistorio 23/11/1736, ff. 235r-236r.

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