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Declaración de la Educación Superior como Bien Público como dimensión social
Última modificación: 2016-04-13
Resumen
La teoría económica define a los bienes públicos como aquellos que son no rivales y no excluyentes. Un bien es rival cuando la apropiación del mismo por parte de una persona disminuye las posibilidades de apropiación de los demás, produciendo un costo adicional. Por su parte, un bien es excluyente si es posible evitar que alguien acceda a él. Así, los bienes públicos se pueden poner a disposición de todos sin influir en la oportunidad de nadie. Dichos bienes, generan fallas de mercado porque los precios no reflejan adecuadamente su valor para el conjunto de la sociedad. Además, el mercado ofrece una cantidad insuficiente o nula de ellos. Lo anterior, implica cuestiones cruciales de política económica tales como la decisión de cuántos recursos destinar a los mismos a fin de asegurar la universalidad de acceso y la equidad de consumo y una calidad acorde a las preferencias de los individuos. Focalizando el concepto en la educación superior, en este trabajo, se presenta una revisión acerca de la consideración de la misma como un bien público, con dimensión social, en diferentes normativas y pronunciamientos, tanto a nivel internacional como nacional.
Palabras clave
Educación superior; Bien público; Fallas de mercado; Normativa
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